9 movimientos regionales de Arequipa están aptos para competir en las elecciones 2022
Sólo 9 movimientos regionales de Arequipa tienen inscripción vigente en el Directorio de Organizaciones Política del Jurado Nacional de Elecciones hasta el 18 de septiembre, cuyas organizaciones políticas han cumplido con todos los requisitos que exige la Ley de Partido Políticos vigente 28094 y 30905 y están aptos para competir en las elecciones 2022. Sin embargo, hay dos movimientos regionales que están en proceso de inscripción ante el órgano electoral nacional. En orden de antigüedad de inscripción ante el JNE, estos son los movimientos regionales que están aptos para participar en las elecciones municipales y regionales 2022 en Arequipa.
NOMBRE | INSCRIPCION | DIRECCION | PERSONERO |
Arequipa, Tradición y Futuro, | 25 noviembre del 2005 | Calle Colon 229 Departamento 22 | Cesar Huamantuma Alarcón – 959537964 |
Arequipa Renace | 28 agosto 2006 | Calle Colon 131 Interior 4 | Tomas Delgado Zúñiga – 221940 |
Fuerza Arequipeña | 08 febrero 2010 | Calle Víctor Belaunde W.22 Comité 15 | Ángel Pocco Rodríguez – 444272 |
Arequipa, Unidos por el Gran Cambio | 07 noviembre 2013 | Calle La Merced 113 | Carlos Zúñiga Velando – 988554158 |
Juntos por el Desarrollo de Arequipa | 15 enero del 2014 | Calle Cooperativa CLISA C-4 Paucarpata | Spayder Ramos Rivera – 959441830 |
Movimiento Regional Arequipa Avancemos | 30 de junio 2014 | Calle Alfonso Ugarte 115 Cerro Colorado | Roberto Yáñez Valenzuela – 958258501 |
Arequipa Transformación | 16 julio 2015 | Calle Corbacho 304 Urb. La Libertad | Ana Sotillo Cahuapaza
952284121 |
Movimiento Regional Revalora | 07 febrero 2018 | Calle Volga 204 Cooperativa 58 | Patricia Salinas Portilla – 988554153 |
Yo Amo Arequipa | 09 marzo 2018 | Calle Ica 112 Mariano Melgar | Jeanet Zegarra Mamani – 959062668 |
MOVIMIENTOS EN | PROCESO DE | INSCRIPCION ANTE EL | J.N.E. |
Movimiento Regional AQP | Calle Chullo 558 Departamento 4to piso | Eduardo Gutiérrez Romero – 972082075 | |
Movimiento Regional Arequipa es Primero | Av. Aviación Km. 7 Cerro Colorado | Ángela Benavente Ruelas – 982387831 |
Según el artículo 17 de la Ley de Partidos Políticos, en relación a los requisitos de los Movimientos Regionales y Organizaciones Políticas de alcance local, estas organizaciones se constituyen por iniciativa y decisión de sus fundadores y, luego de cumplidos los requisitos establecidos en la ley, se inscriben en el Registro de Organizaciones Políticas conforme al reglamento correspondiente.
La solicitud de inscripción de un movimiento regional debe realizarse ante el Registro de Organizaciones Políticas y estar acompañada de la siguiente documentación:
- a) Acta de fundación conforme a lo dispuesto en la presente ley. No pueden ser objeto de inscripción las organizaciones políticas cuyo contenido ideológico, doctrinario o programático promueva la destrucción del Estado constitucional de derecho o que intenten menoscabar las libertades y los derechos fundamentales consagrados en la Constitución.
- b) Actas de constitución de los comités partidarios de acuerdo con lo establecido en la presente ley.
- c) Relación de afiliados no menor al uno por ciento (1%) de los ciudadanos del padrón aprobado para el último proceso electoral regional, la que en ningún caso puede ser menor de mil (1000) afiliados. No más de las tres cuartas partes (3/4) de los afiliados pueden tener domicilio en la misma provincia.
- d) Estatuto del movimiento regional.
- e) Reglamento electoral conforme a lo previsto en la ley.
- f) Designación de los representantes, y personeros legales y técnicos, titulares y alternos.
- g) Designación de un tesorero titular y un suplente.
En el trámite de la solicitud de inscripción se actúa según lo establecido en el artículo 10 de la presente ley, en lo que corresponda. Los movimientos regionales cuentan con el plazo de un (1) año, contado a partir de la adquisición de formularios, para el registro de sus afiliados y para la presentación de la solicitud de inscripción ante el Jurado Nacional de Elecciones. La denominación del movimiento regional se reserva desde la compra del formulario. Para poder participar en un proceso electoral, el movimiento regional debe estar inscrito en el Registro de Organizaciones Políticas a la fecha límite para la convocatoria.