El 22 de julio vence plazo para que partidos rindan cuentas de financiamiento 2021

Hugo Amanque Chaiñajulio 19, 20213min0
Hugo Amanque Chaiñajulio 19, 20213min0

Left Banner

Left Banner

El 22 de julio vence plazo para que partidos rindan cuentas de financiamiento 2021

corvetto piero

Imagen: Andina

El Jefe Nacional de la ONPE, Piero Corvetto, mediante resolución jefatural 000189-2021 publicado en el diario oficial, fijó como fecha límite de presentación de la rendición de cuentas que efectuarán los partidos políticos beneficiarios del financiamiento público directo correspondiente al ejercicio anual 2021 el 22 de julio del periodo enero-junio 2021. Como se recuerda, la ONPE asignó un total de 7 millones 898 mil 707 soles a agrupaciones políticas que tenían representación parlamentaria en el periodo enero-junio 2021.

La ONPE señala que a través de la Resolución Nº 0133-2020-JNE, publicada en el diario oficial El Peruano del 28 de febrero de 2020, el Jurado Nacional de Elecciones proclamó los resultados de las Elecciones Congresales Extraordinarias 2020 (en adelante ECE 2020), precisando las organizaciones políticas que alcanzaron escaños en el Congreso de la República para completar el periodo legislativo 2016-2021.

En vista de ello, y de acuerdo con el artículo 29 de la Ley Nº 28094, Ley de Organizaciones Políticas (en adelante, LOP), y con la Vigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, se aprobó la transferencia financiera y el otorgamiento mensual de la subvención del Financiamiento Público Directo (en adelante FPD) del año 2021 a favor de las organizaciones políticas beneficiarias. Ello mediante la Resolución Jefatural Nº 000077-2021-JN/ONPE publicada en la edición extraordinaria del diario oficial El Peruano del 24 de marzo de 2021;

Al respecto, el artículo 14 del RFSFP prescribe que: i) Los partidos políticos y alianzas electorales, en el marco de la norma del presupuesto del sector público, están obligados a presentar a la ONPE un informe semestral, con la rendición de gastos efectuados con cargo a los fondos del financiamiento público directo; ii) Dicho informe debe encontrarse debidamente sustentado y documentado en los formatos que, para tal efecto, apruebe la ONPE; iii) El plazo de presentación se genera al momento de aprobar la solicitud de otorgamiento de fondos, de acuerdo con el cronograma que se establezca; y iv) El informe semestral comprende, la presentación de los comprobantes de pago realizados en el semestre respectivo, acompañados del soporte digital correspondiente. Lo anterior permite a la Oficina Nacional de Procesos Electorales realizar sus labores de verificación y control externo de la actividad económico-financiera de las organizaciones políticas en relación con la utilización de los recursos del financiamiento público directo, de conformidad con el artículo 96 del RFSFP y el artículo 34 de la LOP.

Hugo Amanque Chaiña


Post Banner

Post Banner