Candidato de Alianza por el Progreso César Acuña fue excluido por Jurado de Lima

Hugo Amanque Chaiñaenero 8, 20215min0
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Candidato de Alianza por el Progreso César Acuña fue excluido por Jurado de Lima

acuña

El Jurado Electoral Especial de Lima 1, mediante resolución N° 00063 -2021-JEE-, resolvió excluir al candidato César Acuña Peralta de la Fórmula de Candidatos a la Presidencia y Vicepresidencia de la República presentada por la organización política Alianza Para el Progreso, pero también declarar improcedente el pedido de anotación marginal en la hoja de vida del candidato Cesar Acuña Peralta, formulado por el personero legal de la organización política “Alianza para el Progreso”.

Asimismo, declaró improcedentes las candidaturas de la primera y segunda Vicepresidencia de la Fórmula presidencial de la organización política “Alianza para el Progreso”, de conformidad con el literal a) del artículo 41.2 del Reglamento de Inscripción de Fórmulas y Listas de Candidatos para las Elecciones Generales y Representantes Peruanos ante el Parlamento Andino 2021 y remitir copias certificadas de las piezas pertinentes a la Fiscalía Provincial Penal de Turno de Lima, a efectos de que proceda conforme a sus atribuciones, respecto del ciudadano César Acuña Peralta; una vez consentida o ejecutoriada que sea la presente.

En la resolución publicada en el portal del JNE, el Jurado de Lima 1, rechazó la posibilidad que se pueda subsanar la omisión que se detectó en la declaración jurada de bienes y rentas que presentó Acuña Peralta ya que no incluyó un lote que es de su propiedad y que está ubicado en La Molina. Lo sustancial de la resolución es que rechazó que esta falta pueda ser subsanada con una anotación marginal, tal y como planteó el personero legal de APP, con lo que se confirmó que se declaraba como improcedente toda la plancha presidencial.

El argumento principal del Jurado es que “en la declaración jurada de Bienes del candidato, según lo señalado (en el reglamento electoral), a criterio de este colegiado no nos encontramos en ninguno de los supuestos establecidos en los artículos 6.2 y 22.2 del Reglamento (errores materiales, numéricos, tipográficos). Esto es, admitir una corrección o una nueva incorporación de información, sería alterar el contenido esencial de la información; por tanto, no procede atender la solicitud de anotación marginal en la declaración jurada de hoja de vida del candidato”, resolvió el JEE Lima Centro 1.

El Jurado concluyó que César Acuña omitió información en su hoja de vida, ya que solo declaró en su hoja de vida tener 17 propiedades en el país y 1 en el exterior, pero una fiscalizadora electoral detectó que Acuña tenía una propiedad no declarada en un distrito de Lima, por lo que el incumplimiento de una obligación acarrea la aplicación de mecanismos de prevención como las sanciones de retiro de candidatos considerados en la legislación y reglamentación electoral.

Ante estas consideraciones, el Jurado Electoral Especial de Lima 1, declaró como improcedentes las postulaciones del resto de su plancha presidencial: la congresista Carmen Omonte como primera vicepresidenta y el ex legislador Luis Iberico como segundo vicepresidente. Notificado el personero de Alianza para el Progreso, tiene plazo de 72 horas para apelar ante el Jurado Nacional de Elecciones, magistrados electorales quienes deberán definir en las próximas semanas si confirman la exclusión de Acuña o revocan la resolución del Jurado Electoral Especial de Lima 1.

En comunicado oficial el partido Alianza para el Progreso, calificó de arbitraria e injusta la decisión del JEEL que excluyó a sus candidatos en la fórmula presidencial por lo que anunciaron que apelarán ante el Jurado Nacional de Elecciones.

Hugo Amanque Chaiña


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