Poder Judicial destituyó a Juez de Paz de Edificadores Misti de Miraflores por falta grave

Hugo Amanque Chaiñadiciembre 6, 20204min0
Hugo Amanque Chaiñadiciembre 6, 20204min0

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Poder Judicial destituyó a Juez de Paz de Edificadores Misti de Miraflores por falta grave

lecaros jose

El presidente del Poder Judicial, Dr. José Lecaros Cornejo, mediante resolución 1431-2014- Arequipa, publicada hoy en el diario oficial, impuso la medida disciplinaria de destitución al Juez de Paz de Edificadores Misti de la Provincia de Arequipa, Sr. Carlos Paz Allasi, inscribiéndose la medida disciplinaria en el registro nacional de sanciones de destitución y despido.

La resolución refiere que el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, impone la sanción disciplinaria de destitución a Carlos Ricardo Paz Allasi, en su actuación como Juez del Juzgado de Paz de Edificadores Misti, por incurrir en falta muy grave prevista en el artículo cincuenta, inciso tres, de la Ley de Justicia de Paz; infracción que se sustenta en el hecho de “conocer, influir o interferir de manera directa o indirecta en causas a sabiendas de estar legalmente impedido de hacerlo, o cuando éstas estén siendo conocidos o hayan sido resueltas por la justicia ordinaria o la jurisdicción especial”.

La resolución da cuenta que, el artículo cincuenta, inciso tres, de la Ley de Justicia de Paz regula como falta muy grave: “Conocer, influir o interferir de manera directa o indirecta en causas a sabiendas de estar legalmente impedido de hacerlo, o cuando éstas estén siendo conocidos o hayan sido resueltas por la justicia ordinaria o la jurisdicción especial”.

En el presente procedimiento administrativo disciplinario, queda probado que se inició contra el investigado el procedimiento administrativo disciplinario signado como Visita Judicial número mil cuatrocientos treinta y uno guion dos mil catorce guion Arequipa, en mérito a la visita judicial inopinada realizada el veinte de junio de dos mil catorce al Juzgado de Paz de Edificadores Misti, distrito de Miraflores, provincia, departamento y Distrito Judicial de Arequipa, con el objeto de verificar las funciones notariales que se realizaban en dicho juzgado, disponiéndose en dicha diligencia el traslado a la Oficina Desconcentrada de control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Arequipa de las actas de constatación contenidas en tres archivadores de palanca, correspondientes a las actuaciones ejecutadas el año dos mil trece, a las que se sumó el copiador de actas del año dos mil catorce, proporcionado por el propio investigado con fecha veintitrés de junio de dos mil catorce, y de cuya revisión, se comprobó la existencia de cincuenta y cinco “constataciones notariales” expedidas en el periodo comprendido entre el uno de octubre de dos mil trece al veintiséis de marzo de dos mil catorce, identificadas con los números del ciento ocho al ciento sesenta y dos, a las que se adicionan las constataciones números tres y seis realizadas en los distritos de Yanahuara y Paucarpata; esto es, fuera del ámbito territorial del juez de paz investigado, circunscrito al distrito de Miraflores.

En consecuencia, está probada la existencia de falta disciplinaria muy grave, al haber incurrido el investigado en una actuación que no es inherente al cargo que desempeña, afectando derechos fundamentales; conducta que compromete la dignidad del cargo que ostenta y mella la imagen del Poder Judicial. Por lo tanto, el investigado Carlos Ricardo Paz Allasi ha quebrantado los deberes de su función, quedando plenamente acreditada su responsabilidad funcional disciplinaria, por lo que le imponen la medida disciplinaria de destitución.

 

 

 

Hugo Amanque Chaiña


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