Organizaciones de DD.HH. cuestionan al alcalde provincial por prohibir tránsito de personas sin haberse aprobado ordenanza

Hugo Amanque Chaiñaoctubre 28, 20205min0
Hugo Amanque Chaiñaoctubre 28, 20205min0

Left Banner

Left Banner

Organizaciones de DD.HH. cuestionan al alcalde provincial por prohibir tránsito de personas sin haberse aprobado ordenanza

omar candia

Representantes de dos organizaciones de derechos humanos de Arequipa cuestionaron la decisión que anunció el alcalde provincial y Omar Candía y otras autoridades quienes informaron a la prensa   el cierre del tránsito peatonal y prohibir la circulación de personas por la plaza de armas y la plaza san francisco el 31 de octubre y 01 de noviembre, ya que dichas decisiones violan derechos fundamentales establecidos en la Constitución y porque dicha decisión política, no está publicada en una ordenanza municipal que debió ser aprobada por el Consejo Municipal semanas atrás.

El presidente de la Coordinadora de Derechos Humanos de Arequipa, Dr. Jose Cardenas, afirmó que si bien es cierto que el Estado tiene el deber de cautelar el orden público en emergencias sanitarias restringiendo ciertos derechos en acatamiento a decretos supremos, el Estado también tiene límites en estados de emergencia y no puede apelar a la represión, por lo que la autoridad municipal debió apelar a medidas disuasivas y educativas efectuando campañas previas para evitar la propagación del virus letal en Arequipa.

Cardenas, indicó que el alcalde provincial antes de cerrar las vías peatonales, primero debió aprobar una ordenanza municipal y no prohibir la circulación de personas, ya que se estaría violando el artículo 2 inciso 11 del derecho al libre tránsito en el territorio nacional garantizados en la Constitución Política. Agregó que esta decisión pone en evidencia que el Estado está parcelado, porque el gobierno nacional, los gobiernos regionales y gobiernos municipales no tienen una integración competencial de sus derechos, corriendo el riesgo el alcalde provincial de ser demandado en la vía civil y denunciado en la vía penal por adoptar decisiones bien intencionadas para proteger a la población, pero que no están amparadas en una ordenanza municipal antes de anunciar el cierre de las vías en el cercado en los próximos días.

Por su parte, el Dr. Raúl Tamayo, representante de Centro de Promoción de Derechos Humanos de Arequipa, señaló que el alcalde provincial debe respetar el Estado Constitucional de Derecho, ya que se puede restringir ciertos derechos, pero no puede vulnerar el derecho al tránsito de las personas que está protegido a favor de las personas en la Constitución. Refirió que el alcalde y los regidores provinciales antes de hacer el anuncio del cierre de las calles aledañas a las plazas del centro histórico, primero debieron haber aprobado una ordenanza municipal, por lo que la medida anunciada por el alcalde Candía es excesiva ya que viola el derecho de circulación de las personas y el derecho de las empresas de efectuar sus actividades comerciales, por lo que el burgomaestre provincial podría ser denunciado por abuso de autoridad.

Tamayo manifestó que el municipio puede restringir ciertos derechos, pero no puede prohibir derechos consagrados en la Carta Magna, por lo que demandó la inmediata intervención del Defensor del Pueblo en este tema, ya que dicho funcionario debe defender los derechos fundamentales de las personas y evitar abusos estatales. Concluyó que los representantes de la sociedad civil deberían pronunciarse, porque si bien es cierto que tenemos que apoyar las medidas sanitarias restringiendo ciertos derechos temporalmente, no se puede ir al extremo de prohibir que personas que viven en el perímetro de las plazas o en la calle Mercaderes, se les impida ingresar o salir de sus viviendas, demandando el pronunciamiento oficial del Colegio de Abogados de Arequipa.

Hugo Amanque Chaiña


Post Banner

Post Banner