JNE publicó relación de 25 ciudadanos que podrán ser tachados para integrar los Jurados Electorales Especiales de Arequipa
El Jurado Nacional de Elecciones informó que el RENIEC seleccionó aleatoriamente a 25 ciudadanos de los distritos de Yanahuara, Bustamente y Rivero y Aplao que fue publicada en el Diario oficial El Peruano el 16 de octubre del 2020. Contra dichos ciudadanos pueden interponerse tachas en plazo de cinco días calendario desde el 17 de octubre en la mesa de partes de la Comisión de Fiscales que integran los abogados, Dra. Dolly Carmela Manrique Zúñiga, Dr. Eufracio Ticona Zela y el Dr. Edilberto Sebastián Choque Gonzales. La mesa de partes donde podrán presentarse tachas es, MESAPRESIDENCIA @GMAIL.COM
Las tachas serán resueltas, en el término de tres días hábiles, por una comisión integrada por los tres fiscales más antiguos en cada una de las jurisdicciones donde se instalará los Jurados Electorales Especiales. Contra las resoluciones expedidas por la comisión de fiscales procede la presentación del recurso de apelación ante el JNE, el cual resuelve en instancia definitiva. El plazo para interponer el recurso de apelación es de tres días hábiles.
Culminado el período de tachas, sin que estas se hayan interpuesto, o al haber quedado resueltas en forma definitiva, el JNE realiza el sorteo en audiencia pública para la designación de los terceros miembros de los JEE. El sorteo determina un nuevo orden de la lista y el primer sorteado es designado como miembro titular y la siguiente pasa a ser el primer suplente, mientras que los demás ciudadanos de la lista adquieren la condición de suplentes, según el orden de prelación y los resultados del sorteo son publicados en el portal electrónico institucional del JNE. El RENIEC elaboró las listas a partir de una selección aleatoria entre ciudadanos cuyas edades oscilan 35 y 70 años y que poseen el mayor grado de instrucción en el distrito donde funcionará el JEE.
Según la resolución 0363-2020 del JNE, los impedimentos para ser miembros de los Jurados Electorales Especiales son los siguientes: a) Los candidatos a cargos de elección popular, b) Los ciudadanos que pertenecen formalmente o hayan pertenecido en los últimos cuatro (4) años a una organización política, c) Los ciudadanos que desempeñen cargos directivos con carácter nacional en las organizaciones políticas o que los han desempeñado en los últimos cuatro (4) años, d) Los ciudadanos que hayan sido candidatos a cargos de elección popular en los últimos cuatro (4) años, e) Los miembros de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional del Perú que se hallen en servicio activo, f) Las personas con sentencia de inhabilitación de sus derechos políticos o para ejercer la función pública, g) Los menores de 35 años y mayores de 70 años, con excepción del segundo miembro, en el extremo referido al límite de edad máximo, h) Los ciudadanos que se encuentren inscritos en el REDERECI, i) Los ciudadanos que se encuentren inscritos en el RENADESPPLE, j) Los ciudadanos que se encuentren inscritos en el REDAM, k) Los ciudadanos que se encuentren inscritos en el RNSCC.
Cualquier ciudadano puede formular tachas en contra de los ciudadanos seleccionados, por las siguientes causales: a) Por estar incurso en los impedimentos señalados en el punto 6, acápite 6.6.2, del presente reglamento, b) Por enfermedad o incapacidad física o mental no susceptible de rehabilitación integral que impida el desempeño en el cargo, c) Por razón de cambio de domicilio fuera del distrito sede del JEE, ausencia o viaje fuera de la localidad que impida el desempeño en el cargo. El JEE está conformado además por un juez superior, quien lo preside, y un fiscal, quienes son seleccionados por la Corte Superior de Justicia y la Junta de Fiscales Superiores de la respectiva jurisdicción. La lista de ciudadanos para ser tercer miembro de los Jurados Electorales Especiales 2021 sorteados por el RENIEC son los siguientes:
Jurado Electoral Arequipa 1
Martin Andrés Zeballos Urquizo, Feliz Sabino Fernández Prado, María Ángela Ordoñez Begazo, Cecilia del Pilar Delgado Zea, Lourdes Iracema Arizabal Guzmán de Verano, Carmen Julia Magy Márquez Pinto, Sandra Carmela Carbajal Chavez, Néstor Fuentes Zeballos, Irasema Rosario Vasquez Olivera, Jose Manuel Dextre Boceta, Carlos Alfredo Chavez Arispe, Clotilde Ventura Enríquez, María Elena Rodríguez Miranda, Yanet Edith López Bedregal, María Verónica Alvarado Bustamente, María Luis Guzmán Huertas, Belia Martina Lazo Corrales, Karin Fanny Alarcón Díaz, Rudy Paul Bedoya Prado, Rodolfo Mario Pinto Mercado, Marina Roxana Mondragón Moran, Lizbeth Julisa Cornejo Paredes, Roxana Retamozo Montoya, Javier Fernando Herrera Lazo, Jose Luis Velásquez Salazar.
Jurado Electoral 2
Magda Catalina Molina Cano, Alicia Consuelo Callo Carpio, Dayanara Carol Pinto Vargas de Carpio, Elida Yntusca Janampa, Ricardo Jesús Pillco Velarde, Carlos Aramayo Ortiz, Elvia Rosario Vargas Olivera, Erika Margot Chambi Belizario, Julio Ulises Bazán Fernández, Gabriel Hipólito Lajo Morales, Miguel Peter Arambide Cornejo, Jaime Arturo Coaguila Coaguila, Maykel Lozada Maldonado, Antonio Vega Gonzales, Guillermo Hercilla Valcárcel, Santiago Alfredo Huaco Vega, Jesús Mario Barrios Aranibar, Silvia Cristina Telles Bueno, Manuel Mario Ortiz Calizaya, María Hornella Dueñas Ampuero, Claudia Alejandra Alemán Tejada, Salome Alodia Fernández Villa, Maripsa Teresa Murillo de Noboa, Mauricio Raúl Espinoza Bergaray, María del Carmen Zúñiga Dávila.
e