¿Cuáles son las 5 universidades de Arequipa que obtuvieron licenciamiento institucional por la SUNEDU al 2019?
Solo 5 universidades de Arequipa hasta el mes de febrero del 2020, obtuvieron su licenciamiento institucional por parte de la SUNEDU mediante resolución suscrita por el titular de dicho organismo tal como lo exige la Ley Universitaria 30220 en el artículo 15.1, las que previamente fueron rigurosamente evaluadas en el cumplimiento de las condiciones básicas de calidad para seguir ofertando servicios universitarios en la blanca ciudad. Las 5 universidades licenciadas en Arequipa, son la Universidad Nacional San Agustín, la Universidad Católica San Pablo, la Universidad Católica Santa María, la Universidad La Salle y la Universidad Continental.
Las 5 universidades a quienes la SUNEDU les denegó el licenciamiento institucional, fueron la Universidad San Francisco, la Universidad Néstor Cáceres, la Universidad Alas Peruanas, la Universidad Ciencias de la Salud y la Universidad Autónoma del Sur, que no cumplieron con acreditar todas las condiciones básicas de calidad según resoluciones publicadas en el Diario Oficial El peruano en los últimos meses. Según la legislación vigente y reglamentación de la SUNEDU, una vez que se les denegó su licenciamiento a las universidades, pudieron presentar recurso de reconsideración administrativo ante dicho organismo, luego del cual pueden recurrir al Poder Judicial. Se desconoce si algunas de las 5 universidades no licenciadas de Arequipa plantearon reconsideración ante la SUNEDU.
Teniendo en cuenta que en nuestra ciudad se matricularon miles de jóvenes estudiantes y que de buena fe siguieron sus estudios universitarios en las universidades a quienes se les denegó licenciamiento institucional, consideramos oportuno informar lo que señala la reglamentación que regula los ceses. El reglamento 111-2018 del proceso de cese de actividades de Universidades y Escuelas de Postgrado suscrito por su ex superintendente Martín Benavides tiene 16 artículos. En la parte medular de dicho reglamento señala las reglas básicas del proceso de cese de actividades que son los siguientes:
- Las universidades en proceso de cese no deben interrumpir unilateralmente la prestación de servicios educativo durante el semestre o año en curso, en el que se dispuso la denegatoria o cancelación de la licencia institucional.
- Las universidades deben adoptar las medidas correspondientes para asegurar que sea un proceso ordenado que no afecte la continuidad de los estudios ni el ejercicio de los derechos de los estudiantes, egresados, graduados o titulados.
- El plazo de cese es el plazo para cesar de forma total y definitiva la prestación del servicio educativo superior universitario.
- La universidad con denegatoria o cancelación de licencia institucional señala su plazo de cese que no debe exceder el plazo máximo de dos años.
- El plazo de cese debe ser informado a la SUNEDU en los 60 días calendario contados desde la fecha de notificación de la resolución de denegatoria.
- Toda modificación de plazo de cese de actividades debe ser informada a la SUNEDU con una anticipación no menor de 6 meses al cese total y definitivo.
- Las universidades en proceso de cese de actividades se encuentran impedidas de convocar a nuevos procesos de admisión o cualquier otra modalidad destinada a admitir o matricular nuevos estudiantes con posteridad al inicio del proceso de cese.
Por ser tema de interés público, publicamos los dos cuadros donde se resume las universidades evaluadas de Arequipa, año de creación, tipo de gestión, número de docentes que reportaron a la SUNEDU, el número de resolución de la SUNEDU donde otorgo o denegó el licenciamiento, los programas académicos que ofertaron y las líneas de investigación que priorizaron.
UNIVERSIDAD | CREACIÓN | GESTIÓN | SEDE | DOCENTE |
San Agustín | Año 1828 | Pública | Arequipa | 1425 |
Católica San Pablo | Año 1997 | U. Asociativa | Arequipa | 457 |
Católica Santa María | Año 1961 | U. Asociativa | Arequipa | 600 |
San Francisco | Año 2010 | U. Societaria | Arequipa | 42 |
Néstor Cáceres | Año 1983 | U. Asociativa | Puno y Provincias | 1376 |
Alas Peruanas | Año 1996 | U. Asociativa | Lima y Provincias | 3507 |
Ciencias de la Salud | Año 2010 | U. Societaria | Arequipa | 55 |
La Salle | Año 2011 | U. Asociativa | Arequipa | 85 |
Continental | Año 2006 | Societaria | Arequipa | 85 |
Autónoma del Sur | Año 2011 | Societaria | Arequipa |
DENOMINACIÓN UNIVERSIDAD | RESOLUCIÓN DE LA SUNEDU | PROGRAMAS
BACHILLERATO |
GRADO DE MAESTRO | GRADO DE DOCTOR | SEGUNDAS ESPECIALIDADES | LOCALES | LINEAS DE INVESTIGACIÓN |
Universidad Nacional de San Agustín | 098-2018 aprueba licenciamiento por 10 años | 59 | 75 | 20 | 91 | 34 | 31 |
Universidad Católica San Pablo | 042-2017 aprueba licenciamiento por 6 años | 9 | 3 | 3 | 6 | ||
Universidad Católica Santa María | 102-2017 aprueba licenciamiento por 6 años | 33 | 44 | 12 | 76 | 5 | 25 |
Universidad San Francisco | 029-2020 deniega licenciamiento por incumplir las CBC | ||||||
Universidad Néstor Cáceres | 034-2020 deniega licenciamiento por incumplir las CBC | ||||||
Universidad Alas Peruanas | 172-2019 deniega licenciamiento por incumplir las CBC | ||||||
Universidad Ciencias de la Salud | 134-2019 deniega licenciamiento por incumplir las CBC | ||||||
Universidad La Salle | 003-2018 aprueba licenciamiento por 6 años | 3 | 1 | 31 | |||
Universidad Continental | 094-2018 aprueba licenciamiento por 6 años | 28 | 10 | 2 | 7 | 6 | |
Autónoma del Sur | 145-2019 deniega licenciamiento por incumplir las CBC |