Poder Judicial destituyó a Juez de Paz del Distrito de Paucarpata por falta grave
Mediante resolución 7656-2014 que se publicó en el Diario Oficial El Peruano el sábado 29 de agosto, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial resolvió imponer la medida disciplinaria de destitución al señor Sergio Alberto Cuba Quispe por su desempeño como Juez de Paz del distrito de Paucarpata de la Corte Superior de Arequipa. Entre los cargos que se imputan al juez destituido, se afirma que incurrió en presunto establecimiento de relaciones extraprocesales con el demandado Oswaldo Ramos Calle, habría cobrado la suma de cincuenta soles por recibir y tramitar escrito presentado el once de julio del 2012 en un expediente, habría ejercido la defensa dentro del Distrito de Paucarpata durante el tiempo que se desempeñó como Juez de Paz, habría ocasionado perjuicio al expediente tramitado ante el Segundo Juzgado Mixto de Paucarpata y no habría resuelto conforme a lo ordenado en la resolución numero treinta y seis del expediente número mil ochocientos dieciséis dos mil nueve tramitado ante el Segundo Juzgado Mixto de Paucarpata.
En la resolución sancionatoria, se sostiene que pese a ser notificado válidamente el investigado Sergio Cuba, no cumplió con presentar informe de descargo alguno, que las copias que intentó presentar el quejoso sobre proceso de alimentos fueron retenidos por el Juez de Paz investigado quien le manifestó que no le firmaría el cargo mientras no le pagara la suma de cincuenta nuevos soles y luego en un operativo de control del Ministerio Público, el juez fue intervenido encontrándose en el cajón de su escritorio el billete de cincuenta soles que previamente habría sido impregnado con un reactivo químico que le fue entregado al quejoso conforme consta en el acta del operativo, por lo que queda acreditado que el investigado entabló relaciones extraprocesales con el quejoso al haberle proporcionado su número telefónico y el pago del dinero solicitado ilegalmente, atendiéndolo en su estudio jurídico particular y no en el local del juzgado y fuera del horario laboral establecido.
El juez quejado no cumplió con resolver las observaciones presentadas generándose una dilación injustificada de más de seis meses en la tramitación de procesos lo que se agrava teniendo en cuenta que uno de ellos era sobre alimentos y que merecía un trámite célere que no tuvo en cuenta el investigado, con lo que queda acreditada la responsabilidad funcional de Sergio Cuba Quispe, existiendo suficientes elementos probatorios donde se concluye la responsabilidad disciplinaria del investigado. Por tales razones, el investigado cometió actos impropios que menoscaban el decoro y respetabilidad del cargo y en desmedro de la imagen del Poder Judicial, justificándose la necesidad de apartarlo del cargo, por cuanto este Poder del Estado no puede contar con personal que no esté comprometido con su función.
Que si bien es cierto que los Jueces de Paz no reciben sueldo del Estado para ejercer la función, pero tienen obligaciones y prohibiciones que deben cumplir a cabalidad y habiendo vulnerado su accionar la Ley de Justicia de Paz que el investigado no reúne y que por la gravedad del caso, corresponde se imponga al investigado Sergio Cuba Quispe, la sanción disciplinaria de destitución prevista en el artículo cincuenta y cuatro de la Ley de Justicia de Paz, por lo que en mérito al Acuerdo 1494-2019 del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, se impone la medida disciplinaria de destitución al Sr. Sergio Cuba Quispe por su desempeño como Juez de Paz del Distrito de Paucarpata de Arequipa.