Congresistas presentan moción de interpelación contra ministro de Relaciones Exteriores por elecciones de segunda vuelta 2026

Hugo Amanque Chaiñajunio 26, 20264min0
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Congresistas presentan moción de interpelación contra ministro de Relaciones Exteriores por elecciones de segunda vuelta 2026

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Congresistas de diversas bancadas parlamentarias, presentaron ante el presidente del Congreso una moción para interpelar al ministro de Relaciones Exteriores, sefior Carlos José Pareja Rios, a fin de que responda por los cuestionamientos formulados a su gestión durante el proceso electoral 2026, debiendo esclarecer los hechos conforme al pliego interpelatorio de 23 preguntas.

En la argumentación de los congresistas, afirman que, de acuerdo al artículo 9 de la Ley N° 29357, el Ministro de Relaciones Exteriores es la más alta autoridad política del Sector Relaciones Exteriores y es el titular del pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores y le compete: a) orientar, formular, dirigir, coordinar, determinar, ejecutar, supervisar y evaluar las políticas nacionales y sectoriales a su cargo y b) ejercer las funciones que le asigna la Constitucion Política del Peru y las demás leyes, pudiendo desconcentrar en los empleados públicos de su Ministerio, las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función.

Sostienen que el 6 de febrero del 2026, la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) emiti6 la Resolucion Jefatural N° 000021-2026-JN/ONPE, que aprueba los “Lineamientos para las actividades electorales en el extranjero”, en el cual se establece la obligación del Ministerio de Relaciones Exteriores de digitalizar las actas de las votaciones realizadas en el extranjero.

Puntualizan que, a pocos dias de llevarse a cabo la segunda vuelta electoral, el 29 de mayo del 2026, la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) emitió la Resolución Jefatural N° 000090-2026-JN/ONPE aprobando nuevos “Lineamientos para las actividades electorales en el extranjero” en el cual modifica las reglas previamente establecidas que obligan que las actas de las votaciones sean digitalizadas. En consecuencia, ya no es necesario que las actas de las votaciones en el extranjero sean digitalizadas.

Remarcan que el 16 de junio la Oficina de Proceso Electorales’ emite un comunicado respecto a dichos cambios señalando:

Manifiestan que el organismo electoral precisa que el marco legal para el voto de los peruanos en el extranjero no ha sido modificado. Los lineamientos aprobados mediante Resolucion Jefatural N.° 000090-2026-JN/ONPE y publicado en el diario El Peruano tienen caracter operativo y procedimental, y su finalidad es regular la organización y ejecucion de las actividades electorales en el exterior en coordinación con el Ministerio de Relaciones Exteriores. Dichos lineamientos no modifican la Ley Orgánica de Elecciones ni contravienen el principio de intangibilidad aplicable a las normas con rango de ley.

Ante una solicitud del Ministerio de Relaciones Exteriores, no se utilizó el aplicativo en la Segunda Elección Presidencial 2026, manteniéndose el traslado convencional, tal como se había hecho en anteriores procesos. Es decir, el cambio de la directiva se produjo a solicitud del Ministerio de Relaciones Exteriores, motivo por el cual es fundamental conocer las razones por las cuales, dicha entidad pidi6 el cambio de reglas en pleno proceso electoral, lo cual vulnera el principio de intangibilidad electoral, asi como la transparencia del proceso electoral y la soberanía del voto.

Afirman finalmente que, recién el miércoles 10 de junio llegaron las actas provenientes de Argentina, a pesar de dicho país se encuentra bastante cerca del Peru, por lo que es muy importante que el ministro de Relaciones Exteriores Carlos José Pareja Rios responda las interrogantes sobre su sector.

Foto La Noticia Perú

Hugo Amanque Chaiña


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