El 30 de junio vence plazo para que consejeros y regidores presenten balance semestral sobre montos asignados a fiscalización según Contraloría

El Contralor General de la República, César Aguilar Surichaqui, mediante Resolución de Contraloría 178-2026 del 08 de abril del 2026, aprobó la Directiva 002-2026, “Presentación del Balance Semestral de los Consejeros Regionales y Regidores Municipales sobre el monto destinado al fortalecimiento de las labores de fiscalización”, y deja sin efecto la Resolución de Contraloría 317-2024 que aprobó la Directiva 010-2024.
La nueva Directiva entra en vigencia al día siguiente de la comunicación que realice la Contraloría a través de la plataforma Gob.pe de habilitación del inicio de registro de información en el aplicativo base del balance semestral del primer semestre del año 2026.
El balance semestral es el documento con carácter declaración jurada que consigna las actividades de fiscalización realizadas en el semestre por los consejeros o regidores con el monto destinado para su fortalecimiento. Se organiza en las secciones de informacion general, planificación de la fiscalización, ejecución del gasto de fiscalización y resultados de la fiscalización.
Los consejos regionales y municipales tienen la obligación de aprobar mediante acuerdo el Plan Anual de Fiscalización que contiene propuestas individuales o de comisión que utilicen los montos destinados para el ejercicio de la función de fiscalización, monitorear el cumplimiento dentro de los plazos previstos. El incumplimiento de esta obligación genera responsabilidad administrativa sin perjuicio de las responsabilidades civiles o penales.
Los consejeros y regidores deben registrar en el aplicativo informático base la siguiente información. Número, fecha y descripción del acuerdo del consejo regional o municipal que aprueba el plan de fiscalización, la descripción de la actividad de fiscalización, presupuesto aprobado por cada actividad y fechas de su ejecución, tipo de fiscalización individual o de comisión y detallar los motivos y criterios considerados para programar la actividad de fiscalización.
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