El presupuesto 2026 del gobierno regional y el ocio legislativo del Consejo Regional de Arequipa

Hugo Amanque Chaiñadiciembre 22, 202510min0
Hugo Amanque Chaiñadiciembre 22, 202510min0

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El presupuesto 2026 del gobierno regional y el ocio legislativo del Consejo Regional de Arequipa

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Estoy sorprendido por la forma como algunos consejeros regionales en la sesión extraordinaria del lunes 22, increparon a los funcionarios del ejecutivo regional de presupuesto, porqué razones faltando pocos días para culminar el año 2025, recién les exponían los alcances del presupuesto 2026 que asciende en total a 2 mil 868 millones 186 mil soles, lo que fue aprobado finalmente por mayoría de votos de los consejeros, con votos en contra de tres consejeros.

Fueron los consejeros Huamantuma, Llerena y Cornejo, quienes más se “arañaron” e increparon a los funcionarios de presupuesto del ejecutivo regional, y consideraron una falta de respeto que a pocos días de culminar el año 2025, recién les consulten los alcances del presupuesto 2026.

¿Tienen razón los consejeros ofendidos? No, en absoluto y al parecer no han leído el marco constitucional, legislativo y la ordenanza que regula sus funciones, pese a que ya están tres años en el cargo, siendo esa su obligación.

Un principio que es obligatorio y debe respetarse en todo Estado Democrático, es el principio de legalidad, tanto en derechos y deberes, sea de autoridades, personas naturales y personas jurídicas, por lo tanto, solo lo que está legislado debe cumplirse. En el tema presupuestal hay que hacer algunas precisiones.

En la Constitución del Estado, en el art. 192, respecto a la competencia de los gobiernos regionales, reconoce que ellos son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto y otras competencias.

En la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales 27867 en el art. 9, afirma que tienen competencia para aprobar su organización interna y su presupuesto, en tanto que el art. 10 remarca que es una competencia exclusiva de ellos aprobar su organización interna y presupuesto conforme a la ley de gestión presupuestaria y las leyes anuales de presupuesto.

El art. 15 sobre atribuciones del Consejo Regional en el inciso c, los consejeros tienen la atribución de aprobar el Plan Anual y el Presupuesto Regional Participativo, en el marco del Plan de Desarrollo Regional Concertado y de conformidad con la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y a las leyes anuales del Presupuesto General de la República y la Ley de Prudencia y Transparencia Fiscal.

En la ordenanza regional 154-2012 del Reglamento Interno del Consejo Regional de Arequipa, en el art. 16.3, indica que es atribución de los consejeros, aprobar el plan anual y presupuesto regional participativo de conformidad con la ley de gestión presupuestaria y las leyes anuales del presupuesto general de la república y la ley de transparencia y transparencia fiscal.

Si hay base constitucional y legal para que los consejeros regionales aprueben el presupuesto institucional anual, ¿Dónde está el problema o la omisión legislativa?

Concretamente, en su Reglamento Interno que tiene categoría de ley regional a través de una ordenanza, ya que en ninguno de sus artículos se ha regulado cuál es el procedimiento para que los funcionarios de presupuesto del ejecutivo regional tengan la obligación de exponer previamente a los consejeros las proyecciones del presupuesto del próximo periodo anual.

Es por tanto un vacío en la ordenanza regional y oció legislativo que pone en evidencia la falta de producción legislativa de los consejeros de Arequipa. No se puede exigir lo que no esta regulado en una norma jurídica.

Ningún funcionario del ejecutivo regional de presupuesto tiene la obligación de concurrir al consejo regional para exponer el proyecto de presupuesto del próximo año si está obligación no está estipulado en la ordenanza del Reglamento Interno del legislativo regional. El actual Reglamento del Consejo Regional en el art. 56, se refiere al procedimiento legislativo, de fiscalización, de control político, de vacancia y de suspensión del cargo, pero no hay nada respecto al control y fiscalización presupuestal que hoy recién reclaman y exigen a los funcionarios regionales de presupuesto.

Por mandato constitucional y legal, los gobiernos regionales, tienen iniciativa legislativa para presentar previo acuerdo del consejo regional, propuestas legales y en este caso concreto, que se incorpore en la ley de gobiernos regionales un artículo que obligue a los ejecutivos regionales que antes que el gobernador regional derive el proyecto de presupuesto anual al Ministerio de Economía, el ante proyecto de presupuesto debe pasar previamente para revisión de los consejos regionales, ya que no puede ser que los consejeros no sean consultados, sean “convidados de piedra” y convaliden tardíamente lo que aprobó el Congreso Nacional como actualmente sucede todos los años.

Otro tema que evidencia el ocio legislativo regional, es el caso de su representante ante el directorio de SEDAPAR, quien ha convalidado un oscuro convenio con la empresa minera Cerro Verde, donde hasta el año 2060 la empresa del agua potable le permitirá a dicha empresa tratar aguas servidas de una de las plantas de tratamiento.

Como contraprestación, Cerro Verde, invertiría 3 mil millones de dólares en algunos proyectos, lo que es un “caramelo” para Arequipa, ya que la minera percibe anualmente utilidades que bordean los 900 millones de dólares, por lo que las negociaciones aparte de no ser transparentes, en los próximos 34 años dicha empresa tendría utilidades por encima de 30 mil millones de dólares y a los proyectos de SEDAPAR apenas financiaría con el 1% de todas sus utilidades.

Eso es una afrenta a la región y provincia de Arequipa, que tiene carencias de infraestructura pública y donde el alcalde Rivera no ha ejercido liderazgo ni ha cautelado nuestros recursos naturales, ni los intereses sociales de nuestra provincia y se ha sometido a la empresa minera y ha aceptado “un caramelo” indigno ya que desde la década del noventa del siglo XX Cerro Verde anualmente cosecha millonarias utilidades y devuelve “centavos” a la ciudad producto de la extracción de millones de toneladas de nuestros recursos mineros que nadie controla y que algún día se extinguirán.

El consejo regional no ha citado a su director en SEDAPAR para que rinde cuentas sobre este tema concreto, incumpliendo los consejeros regionales su rol de fiscalización y control político.  Ni hablar del presidente del legislativo regional que parece un artista de la farándula que le gusta excesivamente la figuración personal en los medios y redes sociales, cuando su rol principal es de normatividad y fiscalización.

Fue el Consejo Regional del año 2007 cuando era presidido por el abogado, Javier Lizarraga, quienes aprobaron la ordenanza regional 001-2027 creándose el Consejo Regional de Arequipa, a propuesta del abogado, Walter Paz, quien era Jefe Regional de Asesoría Jurídica, lo que obligó posteriormente al Congreso a modificar la ley orgánica de gobiernos regionales para separar al ejecutivo del legislativo regional en todo el país, tomando como base el principio constitucional de separación de poderes del ejecutivo y legislativo, lo que hasta hoy se respeta.

Lizarraga, era austero y no le gustaba la figuración, todo lo contrario, al actual presidente del consejo regional que parece que está en campaña electoral para la alcaldía de Caylloma como afirman algunos de sus colegas y actúa como relacionista público del gobernador Sánchez. En otro artículo de opinión analizaremos cuantas de las ordenanzas y acuerdos regionales se cumplen o son simples “saludos a la bandera”.

Hugo Amanque Chaiña – Periodista y Abogado

 

Hugo Amanque Chaiña


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