Camal Municipal efectuó contrataciones por 1 millón 789 mil ilegalmente afirma Contraloría

El Servicio Municipal de Administración del Matadero Metropolitano de Rio Seco que tiene como presidente del directorio a Bernardino Barrios, durante el 01 de noviembre del 2024 al 31 de marzo del 2025, efectuó contrataciones por montos iguales o inferiores a 8 UITS mediante ordenes de compra y servicio por un monto acumulado de 1 millón 789 mil 764 soles, sin registrarlas en el SEACE, situación que limitó el acceso a la consulta ciudadana, el control social y la supervisión de las contrataciones púbicas.
Así lo señala la conclusión más importante del informe 10056-2025 de la Subgerencia de Prevención e Integridad de la Contraloría el 29 de agosto del 2025 denominado “Registro de Ordenes de compra y Ordenes de Servicio en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado SEACE”.
El informe señala que de la revisión a la información proporcionada por el Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes- OECE, de los datos del portal web del Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado (SEACE) y del Sistema Integrado de Administración Financiera (SIAF-RP)1, se identificó que SERMANET, durante el período comprendido entre el 1 de noviembre de 2024 al 31 de marzo de 2025, emitió 30 órdenes de compra y 260 órdenes de servicio referidas a contrataciones por montos iguales o inferiores a 8 UIT por un monto acumulado de S/ 1 789 764,51; sin haberlas registrado en el SEACE.
En ese sentido, la omisión del registro de las contrataciones en el SEACE, sin perjuicio de las sanciones que correspondan, limitó el acceso a la consulta ciudadana, el control social y la supervisión de las contrataciones públicas.
El informe indica que, la Directiva 003-2020-OSCE/CD8, vigente durante el período evaluado, estableció procedimientos dirigidos a la adopción de medidas correctivas, para los casos en los que se omita el registro en el SEACE de la información requerida en los plazos establecidos, situación que debió ser valorada por cada titular, en el marco de su potestad disciplinaria, en atención a las situaciones presentadas en cada entidad. En relación con ello, se encuentra la entidad, que contó con un plazo máximo para subsanar la omisión incurrida, de cinco días hábiles, contados desde el día siguiente de emitido el citado comunicado, plazo que venció el 27 de mayo de 2025.
Refieren asimismo que la ausencia de registro en el SEACE de las órdenes de compra y/o servicio, con montos iguales o inferiores a 8 UIT, sin perjuicio de las sanciones que correspondan, restringen la publicidad, la transparencia y la trazabilidad del gasto efectuado, limitaron las oportunidades para que la ciudadanía, los órganos de control y la propia gestión institucional accedan a información completa y oportuna, toda vez que dificulta la verificación de la planificación y programación de la contratación, la rendición de cuentas y el fortalecimiento de la confianza en la administración pública.
El informe remarca que SERMANET, incumplió el Reglamento de la Ley 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo 344-2018-EF, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 31 de diciembre de 2018 y vigente desde el 30 de enero de 2019 al 21 de abril 2025, así como la Directiva n.º 003-2020-OSCE/CD “Disposiciones aplicables para el acceso y registro de información en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado – SEACE”, aprobada con Resolución 029-2020-OSCE/PRE 101-2020-OSCE/PRE, Resolución y modificada mediante 003-2022-OSCE/PRE, Resolución 023-2023-OSCE/PRE, Resolución 099-2023-OSCE/PRE y Resolución 094-2024OSCE/PRE, publicadas en el Diario Oficial El Peruano el 16 de febrero de 2020, 1 de agosto de 2020, 10 de enero de 2022, 28 de enero de 2023, 4 de mayo de 2023 y 19 de junio de 2024 respectivamente.
Foto El Pueblo




