Congresista Echaiz propone reforma constitucional para ampliar plazo de detención por delitos de extorsión y sicariato

La congresista Gladis Echaiz, presentó el proyecto de ley de reforma constitucional que tiene por objeto modificar el literal f), numeral 24 del artículo 2° de la Constitución Política del Perú, para incorporar los delitos de extorsión y sicariato en la excepción prevista en el segundo apartado de la mencionada disposición constitucional, con la finalidad de que el plazo de la detención policial se extienda hasta un máximo de quince días naturales.
Según Echaiz, ese tiempo de detención resulta necesario e indispensable debido a la diversidad, modos o formas de ejecución que tornan compleja la investigación y dificultan la individualización de sus autores y partícipes, situación que demanda tiempo por el empleo de pautas, técnicas y medios especiales para la eficacia en el acopio de los elementos materiales de su comisión. Con esta ampliación de la detención policial, la actuación del Ministerio Público se verá facilitada y viabilizarán los medios de coerción personal o real, de ser el caso.
Echaiz, propone modificar el literal f), numeral 24 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú, en los términos siguientes: Articulo 2.- Derechos de la Persona. “f. Nadie puede ser detenido sino por mandamiento escrito y motivado del juez o por las autoridades policiales en caso de flagrante delito. La detención no durara más del tiempo estrictamente necesario para las investigaciones, y, en todo caso, el detenido debe ser puesto a disposición del juzgado correspondiente, dentro del plazo máximo de cuarenta y ocho horas o en el término de la distancia. Estos plazos no se aplican a los casos de terrorismo, espionaje, tráfico ilícito de drogas, extorsión, sicariato y a los delitos cometidos por organizaciones criminales. En tales casos, las autoridades policiales pueden efectuar la detención preventiva de los presuntos implicados por un término no mayor de quince días naturales. Deben dar cuenta al Ministerio Público y al juez, quien puede asumir jurisdicción antes de vencido dicho término”.
En la exposición de motivos del proyecto de ley de Echaiz, se afirma que en los últimos años se vive una creciente criminalidad, actos violentos e inseguridad en el país, que preocupa a todos los ciudadanos y la información internacional lo confirma con las publicaciones de la Plataforma Numbeo que recoge y comparte datos de 148 países del mundo, donde se considera a nuestro país en el puesto 10 en relación al índice de delincuencia , por lo que se hace necesario una intervención más profunda de las autoridades en la investigación del delito.
Según estadísticas del Ministerio Público a través del reporte de delitos denunciados según Distrito Fiscal y Tipo de delito a nivel nacional, relacionado contra el patrimonio (extorsión) registran 17,189 y contra la vida el cuerpo y la salud (homicidio – sicariato) en lo que va del año 2025 registran 110.
Por otro lado, según la Estadística de la Criminalidad 2021 – 2025 (Enero – Marzo) de la Gerencia General del Poder Judicial se observa que las sentencias condenatorias por delitos contra la vida, el cuerpo y la salud (homicidio, sicariato, etc.) representan aproximadamente más del 40% del total de las sentencias condenatorias de seguridad ciudadana por año. Mientras que, los delitos contra el patrimonio (hurto, robo, extorsión y otros) constituyen el segundo grupo de delitos en el periodo analizado al representar más del 20% del total de sentencias condenatorias por año.
Echaiz, sostiene que el actual plazo de detención resulta insuficiente para investigar de manera profunda estos delitos graves y complejos, por lo que la modificación del plazo de detención en el delito flagrante de extorsión y sicariato de cuarenta y ocho (48) horas a quince días (15) días naturales, se encuentra justificada, que amerita un plazo prudencial para realizar la respectiva investigación en el esclarecimiento de los hechos, la obtención de las pruebas, identificación de responsables, determinar la existencia de vinculación con organizaciones criminales nacionales o internacionales.
Es así que se considera de suma urgencia una ley para fortalecer la lucha contra la inseguridad ciudadana, en la cual se modifique la Constitución Política del Estado, donde se amplíe los plazos de la detención en los casos del delito de extorsión y sicariato, otorgándose a la autoridad policial y fiscal, la posibilidad de realizar una investigación profunda para identificar a los autores y cómplices que lo cometen de manera organizada, quienes luego buscan destruir los medios probatorios en su contra, intimidar a las personas que conocen los hechos y coordinar entre sí para brindar declaraciones contradictorias, reduciéndose toda posibilidad de que se entorpezca las investigaciones, para formular de manera adecuada la acusación fiscal.
El proyecto de ley tiene como objetivo combatir la inseguridad ciudadana, otorgando a los operadores de la investigación del delito un mayor tiempo para reunir de manera adecuada los medios probatorios que sustenten los graves delitos que se vienen cometiendo en agravio de los ciudadanos, generando miedo, zozobra y terror de transitar en las calles de manera libre y en paz, por lo que se requiere que los casos penales sean debidamente sustentados y evitarse que luego sean enviados al archivo o dejándose en libertad personas que habrían cometido delito, pero por falta de tiempos no se realizó de manera exhaustiva el recojo de los elementos incriminatorios.




