MIDAGRI crea grupo de trabajo para reorganizar la Autoridad Nacional del Agua

El ministro de Agricultura, Ángel Manero, mediante Resolución Ministerial 0213-2025, publicado en el diario oficial, dispuso la creación del Grupo de Trabajo Sectorial, de naturaleza temporal, dependiente de la Autoridad Nacional del Agua, denominado “Grupo de Trabajo encargado de la gestión para la implementación de las recomendaciones consignadas en el Informe Final de la Comisión Reorganizadora de la Autoridad Nacional del Agua”.
El Grupo de Trabajo está conformado el Jefe de la Autoridad Nacional del Agua, quien lo preside, Alta Dirección del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, Director de la Dirección de Calidad y Evaluación de Recursos Hídricos de la Autoridad Nacional de Agua, Director de la Dirección de Administración de Recursos Hídricos de la Autoridad Nacional de Agua, Director de la Oficina de Administración de la Autoridad Nacional del Agua, Director de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de la Autoridad Nacional de Agua.
El Grupo de Trabajo, para el cumplimiento de su objeto, tiene las siguientes funciones: a) Ejecutar actividades que permitan la implementación de las recomendaciones del Informe Final de la Comisión Reorganizadora de la Autoridad Nacional del Agua, b) Elaborar la propuesta del redimensionamiento de las Administraciones Locales del Agua y Autoridades Administrativas del Agua, c) Elaborar la propuesta de medidas de simplificación administrativa de los procedimientos para el otorgamiento de derechos de uso de agua, d) Proponer mejoras al Programa de Fortalecimiento a las Organizaciones de Usuarios de Agua para la formalización de los derechos de uso de agua, e) Diseñar la propuesta de estrategias y acciones para la conservación, el uso eficiente y la recarga hídrica de acuíferos que promuevan prácticas sostenibles de gestión de las aguas subterráneas.
La Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo Sectorial está a cargo de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de la Autoridad Nacional del Agua, encargada de coordinar, organizar, dirigir y supervisar las acciones necesarias para el cumplimiento del objeto y funciones, así como es responsable de llevar el registro de los acuerdos del Grupo de Trabajo, custodiar sus actas y toda la documentación que se genere durante su vigencia. El Grupo de Trabajo Sectorial se instala en un plazo máximo de cinco días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial.
El Grupo de Trabajo Sectorial tiene una vigencia de tres meses, contado a partir del día siguiente a su instalación. En un plazo de quince (15) días hábiles posteriores a la culminación del plazo de vigencia, el Grupo de Trabajo presenta al Despacho Ministerial un documento que detalle las acciones efectuadas. El cumplimiento de las funciones del Grupo de Trabajo Sectorial no demanda recursos adicionales al Tesoro Público. Cada Pliego Presupuestal asume los gastos que pudiera generar el ejercicio de las funciones de sus representantes.




