Presentan moción de interpelación contra ministro de Energía y Minas por emitir DS 009-2025-EM

Hugo Amanque Chaiñamayo 22, 20253min0
Hugo Amanque Chaiñamayo 22, 20253min0

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Presentan moción de interpelación contra ministro de Energía y Minas por emitir DS 009-2025-EM

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Congresistas de diversas bancadas presentaron el jueves 22 de mayo una moción de interpelación contra el ministro de Energía y Minas, Jorge Luis José Montero Cornejo, a fin de concurra al Pleno del Congreso de la República para que responda sobre los cuestionados hechos durante su gestión y responda 20 preguntas.

En la exposición de motivos de la moción, se señala que, el domingo 18 de mayo del presente año, Poder Ejecutivo publicó el reglamento de la Ley 32213, que establece la rectoría y amplía el plazo del proceso de formalización minera integral en la pequeña minería y minería artesanal.

La aprobación se dio mediante el Decreto Supremo N.°009-2025-EM, publicado en el diario oficial El Peruano; y dentro del reglamento de la Ley 32213, una de las disposiciones del citado decreto permite la transferencia de titularidad de las inscripciones en el Registro Integral de Formalizacion Minera por sucesión en caso de fallecimiento del titular, lo que indica que en este proceso se puede solicitar la modificación de la titularidad de la inscripción del Registro Integral de Formalización Minera por sucesión, cuando fallece el minero informal titular de la inscripción y de la misma manera indica que la sucesión debe encontrarse inscrita en los registros públicos.

Refieren, asimismo que, la Ley 32213 no incluye en ninguno de sus extremos la figura del “REINFO hereditario”, que ha sido extendida y replicada de manera arbitraria desde el Decreto Legislativo 1923 que declaró de interés nacional la formalización de las actividades de la pequeña minería y minería artesanal, que creó el Proceso de Formalización Minera Integral y estableció medidas conducentes a su formalización.

Agregan que, la norma anterior, generó la promulgación del Decreto Supremo 018-2017. donde se establecieron disposiciones complementarias para la simplificación de requisitos y la obtención de incentivos económico en el marco del proceso de formalización, así como el Ministerio de Energía y Minas, en el cuestionado Decreto Supremo 009-2025-EM ha incorporado de manera arbitraria y hasta con indicios de ilegalidad, una disposición que carece de todo sustento legal y que no beneficiaría a la formalización de la minería en nuestro país inaplicando los extremos de la Ley 32213 del 2024.

 

Hugo Amanque Chaiña


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