Congresista Valer propone ley para privatizar cárceles del país

Hugo Amanque Chaiñamayo 6, 20258min0
Hugo Amanque Chaiñamayo 6, 20258min0

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Congresista Valer propone ley para privatizar cárceles del país

Penales mayo

El congresista Héctor Valer de Somos Perú, presentó el proyecto de ley tiene por objeto regular la privatización de los establecimientos penitenciarios en el Perú, para fomentar la participación del sector privado en la construcción y administración de los penales, así como reducir el hacinamiento penitenciario, lo que repercutirá en la resocialización, reeducación y reinserción a la sociedad de los internos.

Velar señala que su proyecto es aplicable a todos los establecimientos penitenciarios del territorio nacional. El Estado promueve proyectos de inversión para la construcción y administración de los establecimientos penitenciarios en todo el territorio nacional, fundamentalmente en aquellas regiones donde existe sobrepoblación de internos, lo que pone en riesgo la dignidad humana.

La propuesta legislativa señala que el Estado cumple el siguiente rol: 1. Autoriza la participación del sector privado para la construcción, gestión y administración de los establecimientos penitenciarios en el país, a través de la celebración de contratos de concesión celebrados en observancia de las leyes de la materia; de modo tal que, se optimice el cumplimiento de los fines de la pena, garantizándose el ingreso, permanencia y salida de los internos de los centros penitenciaros.

  1. Diseña el plan integral para el cumplimiento de los fines de la pena, garantizando la resocialización del interno, lo que implica potenciar sus habilidades sociales, educativas y laborales, fortaleciendo además el aspecto psicológico y conductual para su reinserción a la sociedad. 3. Prioriza la identificación, previa evaluación técnica y considerando criterios críticos de hacinamiento, de los centros penitenciarios a privatizar; así como realiza un estudio técnico que permite identificar las regiones donde urge la construcción de un nuevo centro penitenciario. 4. En virtud a los contratos de concesión, asume el compromiso de trasladar los bienes muebles e inmuebles y el acervo documentario existente a los entes privados para su funcionamiento y administración. La privatización tiene un enfoque productivo e incluye el trabajo obligatorio del interno, con el objeto de generar ingresos destinados a cubrir sus principales necesidades de alimentación, vestido, salud y otros.

Asimismo, señala que el Estado, a través del órgano competente está facultado para supervisar y monitorear el funcionamiento de los centros penitenciarios privatizados, estableciendo sanciones en caso advierta eventuales deficiencias y/o incumplimiento a los términos del contrato de concesión o que no alcancen con los objetivos trazados.

Refiere asimismo que el Estado está facultado para requerir informes, realizar auditorías periódicas y efectuar visitas ordinarias e inopinadas, con el objeto de evaluar las condiciones carcelarias de los internos, la utilización de los recursos y el cumplimiento de los fines establecidos.

En la exposición de motivos, Valer, afirma que el Tribunal Constitucional en su sentencia recaída en el Expediente N° 5436-2014-PHC/TC Tacna, de fecha 19 de junio de 2020, se resolvió lo siguiente: «(…) 1. DECLARAR que existe un estado de cosas inconstitucional respecto del permanente y crítico hacinamiento de los establecimientos penitenciarios y las severas deficiencias en la capacidad de albergue, calidad de su infraestructura е instalaciones sanitarias, de salud, de seguridad, entre otros servicios básicos, a nivel nacional. (…) 5.

Declarar que si, en el plazo de 5 años, que vencerá en el año 2025, no se han adoptado las medidas suficientes para superar dicho estado de cosas inconstitucional, estos deberán ser cerrados por la respectiva autoridad administrativa, lo que podría implicar el cierre temporal del establecimiento penitenciario para el ingreso de nuevos internos, el cierre temporal del establecimiento penitenciario con traslado de los internos a otros establecimientos penitenciarios sin hacinamiento, entre otras medidas, según se trate del nivel de hacinamiento, y hasta que se garanticen las condiciones indispensables de reclusión, asumiendo la responsabilidad de la omisión o deficiencia las respectivas instituciones públicas, empezando por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.

Dicho cierre empezará por los 6 establecimientos penitenciarios de mayor hacinamiento en el Perú: Chanchamayo (553%), de Jaén (522%), del Callao (471%), de Camaná (453 %), de Abancay (398 %) y Miguel Castro Castro (375%), o aquellos 6 establecimientos penitenciarios que al vencimiento de dicho plazo tengan los mayores niveles de hacinamiento».

El congresista Valer, señala que en las cárceles del Perú, los niveles de hacinamiento configuran una forma de trato cruel, inhumano y degradante que se evidencia en la prestación de servicios sanitarios de mala calidad, alimentación inadecuada y deficiencias en la prestación de servicios médicos. En algunos casos, durante la reclusión se presentan episodios de confinamiento solitario, medicación antipsicótica forzada o tortura. En ese sentido, la creación de nuevas cárceles o modernización de las existentes es una medida necesaria frente a la crisis carcelaria.

Por eso, en el Perú se debe adoptar una política de privatización de las prisiones, la cual comenzó en Estados Unidos hace 30 años, expandiéndose en América Latina como Chile, Costa Rica, Argentina, Brasil, entre otras. Se requiere tener un modelo privatizador de las cárceles en el Perú, puesto que, la gestión por parte de una empresa privada reduce notoriamente los costos para el Estado, ofreciendo una mayor calidad de los servicios y actuando como un escudo ante la corrupción del sector público.

Valer remarca que todo ello viene por la competencia en el sector privado la cual crea incentivos para le mejora del servicio y ahorro económico, la supeditación al mercado obliga a esforzarse para no tener pérdidas. Al no estar sujetas a restricciones las empresas privadas pueden contratar personal y servicios a menor costo, creando centros más rápido y a menor precio. Este ahorro puede venir del abanico a la hora de maniobra que tiene la empresa privada con salarios, margen de beneficio, horas extraordinarias, etc.

Hugo Amanque Chaiña


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