Consejo Universitario aprobó nuevo reglamento de evaluación de docentes ordinarios

Hugo Amanque Chaiñaseptiembre 10, 20265min55
Hugo Amanque Chaiñaseptiembre 10, 20265min55

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Consejo Universitario aprobó nuevo reglamento de evaluación de docentes ordinarios

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En sesión de Consejo Universitario de la UNSA del lunes 07 de septiembre que preside el rector, Dr. Richard Paredes, se aprobó mediante Resolución 0438-2026, el nuevo Reglamento de Evaluación de Docentes Ordinarios que tiene 07 capitulos, 20 artículos, 04 disposiciones complementarias y 03 disposiciones finales y deroga los Reglamentos aprobados de los años 2017, 2018 y 2021 y encargan al Vicerrectorado Académico, Facultades, Departamentos Académicos y otras dependencias el estricto cumplimiento.

El objetivo del reglamento es establecer criterios y procedimientos claros, objetivos y uniformes para el proceso de evaluación de los docentes ordinarios de la UNSA, en función de sus méritos académicos: producción científica, labor lectiva y no lectiva, investigación formativa o de docente investigador, responsabilidad social y extensión universitaria; orientados a la Evaluación docente.

El reglamento señala que la evaluación de los docentes ordinarios, es un proceso periódico en función de los méritos académicos que incluye: producción científica, labor lectiva y no lectiva, investigación formativa o de docente investigador, responsabilidad social y extensión universitaria. La promoción de la carrera docente es por categoría académica, como reconocimiento del docente ordinario respecto de sus méritos, producción intelectual, científica, labor académica y los grados académicos de su especialidad, previa evaluación.

La separación es la desvinculación laboral del docente con la UNSA, la cual puede producirse por tres casos. Un proceso académico en el que el docente no cumple con los requisitos mínimos de la categoría correspondiente y no logra la ratificación docente como resultado de la evaluación realizada de acuerdo con el presente Reglamento, por no presentarse al proceso de ratificación docente, sin causa justificada; siendo causal de destitución (Art.95.1 Ley 30220) y como resultado de un proceso administrativo disciplinario concluido (artículo 289 del Estatuto), la transgresión por acción u omisión de los principios, deberes, obligaciones y prohibiciones en el ejercicio de la función docente.

El proceso de evaluación docente es obligatorio, siendo el mecanismo que utiliza la UNSA para lograr los fines y objetivos señalados en el Reglamento, tiene por resultado, la ratificación, la promoción o la separación. La evaluación del desempeño docente por parte de los estudiantes, es obligatoria y anónima, se realiza en forma virtual al final de cada semestre. La misma que es de responsabilidad de la DSA, quien a pedido del presidente de la CEE hará entrega de la última evaluación del desempeño docente.

Periódicamente los docentes ordinarios de cualquier categoría y régimen, deberán ser sometidos al proceso de ratificación, promoción o separación (Articulo 240, Estatuto) según los siguientes plazos: Los docentes auxiliares cada tres años, los docentes asociados cada cinco años y los docentes principales cada siete años.

Para ser ratificado en cumplimiento al Artículo 243 del Estatuto, el docente según su categoría, debe obtener los puntajes mínimos siguientes. Docente auxiliar a tiempo completo o dedicación exclusiva, 50 puntos y docente a tiempo parcial 45 puntos, docente asociado a tiempo completo o dedicación exclusiva 55 puntos y los de tiempo parcial 50 puntos, mientras que los docentes principales a tiempo completo o dedicación exclusiva 60 puntos y tiempo parcial 55 puntos.

Extraoficialmente se pudo conocer que el SUDUNSA efectuó algunas observaciones al reglamento aprobado y al cronograma inicial, por lo que recomiendan algunas enmiendas al Consejo Universitario encabezado por el rector. El Consejo Universitario de la UNSA sesionaría el viernes 11 y abordaría estos temas.

FOTO UNSA

Hugo Amanque Chaiña


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