Jurado Electoral admite procedimientos sancionadores contra Manuel Vera, Mirtha Ruelas y Fuerza Arequipeña

Hugo Amanque Chaiñaagosto 30, 20263min71
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Jurado Electoral admite procedimientos sancionadores contra Manuel Vera, Mirtha Ruelas y Fuerza Arequipeña

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El Jurado Electoral Especial de Arequipa el 26 de agosto del 2026 mediante Resolución 01739-2026, admitió a trámite el procedimiento sancionador sobre neutralidad en periodo electoral en contra de Manuel Enrique Vera Paredes y la organización política Fuerza Arequipeña, por la presunta infracción contenida en el numeral 32.1.2. del artículo 32° del Reglamento “Practicar actos de cualquier naturaleza que favorezcan o perjudiquen a determinada organización política o candidato.” y conforme lo establece el artículo 38 del Reglamento “Legitimidad para obrar pasiva. Ante la presunta infracción prevista en el artículo 32, numeral 32.3., del presente reglamento, se inicia procedimiento sancionador contra el candidato y contra la organización política que lo postula”, sobre Propaganda Electoral, Publicidad Estatal y Neutralidad en Periodo Electoral, aprobado con Resolución N° 0844- 2025-JNE.

Asimismo, mediante Resolución 001741-2026 del 27 de agosto del 2026, determinó la existencia de infracciona en materia de propaganda electoral en periodo electoral en contra de la organización política “FUERZA AREQUIPEÑA”, representada por su personero legal titular JORGE PACO MONTEAGUDO al haber incurrido en la infracción del numeral 7.1.3  “Utilizar los muros de predios públicos para realizar pintas, fijar o pegar carteles”, del 7.1 del artículo 7° del Reglamento sobre propaganda electoral, publicidad estatal y neutralidad en periodo electoral, aprobado por Resolución N° 0844-2025-JNE de fecha 31 de diciembre de 2025, de conformidad a los argumentos expuestos en la presente resolución, en el marco de las Elecciones Regionales y Municipales 2026.

Tambien el Jurado Electoral de Arequipa, mediante Resolución 01728-2026 del 27 de agosto del 2026, admitió a trámite el procedimiento sancionador contra la Sra. MIRTHA MAVEL RUELAS CASILLAS y la organización política “Ahora Nación – AN”, por la presunta comisión de la infracción a las normas de Neutralidad en periodo electoral, previsto en el numeral 32.1.2 del artículo 32 de la Resolución N.º 0844-2025-JNE, consistente en: “Practicar actos de cualquier naturaleza que favorezcan o perjudiquen a determinada organización política o candidato.”, en el marco de las Elecciones Regionales

 

Hugo Amanque Chaiña


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