Rospigliosi presentó denuncia disciplinaria ante JNJ contra tres jueces por inaplicar Ley 32107

El congresista Fernando Rospigliosi el 10 de julio presentó denuncia disciplinaria ante la Junta Nacional de Justicia contra los magistrados Miluska Giovana Cano López, Otto Verapinto Márquez y Helbert Iván Llerena Lezama, de la Tercera Sala Penal Superior Nacional Liquidadora Transitoria de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada.
La denuncia del legislador fujimorista tiene relación con la sentencia del Expediente 00045-2005-0-5001-JR-PE-02 cuyos magistrados declararon la inaplicación de la Ley 3210 que regula la aplicación y los alcances del delito de lesa humanidad y de los crímenes de guerra en la legislación peruana.
Rospigliosi critica a los magistrados por la inaplicación de dicha ley al resolver un proceso relacionado con el motín ocurrido en el Establecimiento Penitenciario Castro Castro en mayo de 1992 y refiere que la decisión fue adoptada contra ley y lo dispuesto por la Sentencia del Tribunal Constitucional.
La denuncia indica que la sentencia desconoce los efectos de la Sentencia 190/2025 del Tribunal Constitucional, emitida en los expedientes acumulados 00009-2024-PI/TC y 00023-2024-PI/TC que declaró la constitucionalidad y vigencia de la Ley 32107.
Sostiene que la sentencia, al disponer la inaplicación de la norma es ilegal por cuanto se observa la comisión de un hecho muy grave en el ejercicio de la función jurisdiccional y agrega que los tres denunciados han incumplido la 32419 que otorga amnistía a militares, policías y miembros de Comités de Autodefensa investigados o procesados por delitos cometidos durante la lucha antisubversiva entre 1980 y 2000.
Plantea que la actuación de los magistrados es una falta disciplinaria por su actuación en el ejercicio de la función jurisdiccional, ya que la sentencia emitida por los jueces declaró como autores de los delitos de homicidio calificado y lesiones graves a cuatro procesados por su participación en el motín generado por internos de Sendero Luminoso en el penal Castro Castro.
La resolución judicial les impuso 15 años de pena privativa de libertad, además del pago de reparación civil a favor de los fallecidos y lesionados por lo que, según el senador fujimorista, los magistrados calificaron los hechos en un «contexto de lesa humanidad» y, al mismo tiempo, declararon inaplicable la Ley 32107.
Por lo tanto, Rospigliosi solicita que la JNJ disponga el inicio del procedimiento disciplinario contra tres magistrados y luego de actuarse las pruebas y respetarse el debido procedimiento, se determine la imposición de la sanción de destitución si se acreditan las faltas graves y muy graves que les atribuye.
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