Jurado declaró improcedente inscripción de Renovación Nacional a elecciones regionales 2026 por incumplimiento de requisitos

El Jurado Electoral Especial de Arequipa, mediante Resolución 00641-2026 del 16 de julio del 2026, declaró improcedente la solicitud de inscripción de la fórmula y lista de candidatos presentada por la organización política RENOVACIÓN POPULAR PERÚ para la elección de gobernador y consejeros regionales del departamento de Arequipa, en el marco de las Elecciones Regionales y Municipales 2026. El candidato a gobernador regional por dicha organización política era Harold Rodriguez Quispe.
La improcedencia es por las siguientes causales: 1. Exceso en el número máximo de candidatos designados (11 designados, cuando el límite máximo es 10), incumpliendo el numeral 17.1 del artículo 17 del Reglamento. 2. Incumplimiento de la cuota joven, al no alcanzar el mínimo de 4 candidatos jóvenes en la lista de consejeros accesitarios, vulnerando el artículo 9 del Reglamento. 3. Incumplimiento del requisito de afiliación de los candidatos René Cirilo Quispe Choque, Fiorella Estephani Monti Granda, Darío Álvaro Chacón Huamani y Karina Milagros Rodriguez Candia, contraviniendo el literal e) del numeral 28.1 del artículo 28 del Reglamento.
La resolución notifica a la casilla electrónica de la personera legal de la organización política RENOVACIÓN POPULAR PERÚ y precisa que contra la presente resolución procede el recurso de apelación el mismo que deberá interponerse dentro del plazo de tres días calendario computados a partir del día siguiente de su publicación en el portal institucional del JNE, conforme lo prevé el artículo 44° del Reglamento.
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