Congresista Soto propone reforma constitucional para crear el Poder Electoral en la Constitución

Hugo Amanque Chaiñamayo 9, 20266min0
Hugo Amanque Chaiñamayo 9, 20266min0

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Congresista Soto propone reforma constitucional para crear el Poder Electoral en la Constitución

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El congresista Wilson Soto, presentó proyecto de ley que tiene por objeto reformar la Constitución Política del Perú a fin de modificar el Capítulo XIII (Del sistema Electoral) y los artículos 176, 177, 178, 182 y 183 de la Constitución Política del Perú, para darle la jerarquía de poder electoral con autonomía a las entidades que la conforman y actúen como un sistema en forma colaborativa bajo la rectoría del Jurado Nacional de Elecciones.

Respecto de la reforma del Artículo 176, propone que el Poder Electoral es autónomo y tiene por finalidad asegurar que las votaciones traduzcan la expresión autentica, libre y espontánea de los ciudadanos; y que los escrutinios sean reflejo exacto y oportuno de la voluntad del elector expresada en las urnas por votación directa. En la modificación del Artículo 177, sugiere que el Poder Electoral está conformado por el Jurado Nacional de Elecciones, como ente rector del sistema electoral; la Oficina Nacional de Procesos Electorales; y el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil. Estas entidades mantienen relaciones de coordinación y colaboración conforme a sus competencias constitucionales y legales.

En relación al Artículo 178 afirma que compete al Jurado Nacional Elecciones. 1. Dirigir y fiscalizar la legalidad del ejercicio del sufragio y de la realización de los procesos electorales, del referéndum y de otras consultas populares, así como elaborar los procesos electorales. 2. […] Presenta al Poder Ejecutivo el proyecto de Presupuesto del Poder Electoral que incluye las partidas de la Oficina Nacional de Procesos Electorales; y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil. Lo sustenta en esa instancia y ante el Congreso.

Sobre el Artículo 182 la modificación propone que el Jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales es nombrado por el Jurado Nacional de Elecciones por concurso público por un periodo renovable de cuatro años; puede ser removido por falta grave por el Jurado Nacional de Elecciones. Está afecto a las mismas incompatibilidades previstas para los integrantes del Pleno del del Jurado Nacional de Elecciones. Respecto al Jefe del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil es nombrado por el Jurado Nacional de Elecciones por concurso público por un periodo renovable de cuatro años; puede ser removido por falta grave por el Jurado Nacional de Elecciones. Está afecto a las mismas incompatibilidades previstas para los integrantes del Pleno del del Jurado Nacional de Elecciones.

En la exposición de motivos, el proyecto de Soto Palacios, señala que el diseño institucional vigente presenta limitaciones estructurales. La existencia de múltiples entidades autónomas sin una instancia superior claramente definida que ejerza rectoría integral dificulta la articulación eficiente del sistema electoral. Si bien estas entidades mantienen relaciones de coordinación, la ausencia de una jerarquía orgánica limita la capacidad de dirección estratégica y de responsabilidad unificada sobre el proceso electoral en su conjunto.

Refiere que, para el cumplimiento de sus funciones, los organismos electorales cuentan con el apoyo de diversas instituciones del Estado, tales como el Ministerio Público, la Policía Nacional del Perú, las Fuerzas Armadas, los gobiernos locales y las instituciones educativas donde se instalan los ocales de votación. Sin embargo, esta red de apoyo refuerza la necesidad de contar con un órgano rector con capacidad de conducción integral. En la práctica, la fragmentación funcional del sistema electoral puede generar problemas de coordinación, duplicidad de esfuerzos o vacíos de responsabilidad, especialmente en contextos de alta complejidad política. Ello se ha evidenciado en procesos electorales recientes, en los que cuestionamientos públicos han impactado negativamente en la percepción de legitimidad de las autoridades electas, contribuyendo a escenarios de inestabilidad política y social.

Remarca que el Estado destina importantes recursos presupuestales a la organización de los procesos electorales, por lo que resulta indispensable garantizar eficiencia, transparencia y rendición de cuentas en su gestión. Un diseño institucional más integrado contribuiría a optimizar el uso de dichos recursos y a fortalecer la confianza ciudadana. En consecuencia, la incorporación del Poder Electoral como órgano constitucional autónomo permitirá consolidar un sistema electoral más sólido, coherente y eficaz, capaz de garantizar procesos transparentes, resultados legítimos y estabilidad democrática, elementos esenciales para el desarrollo político, social y económico del país.

 Foto Andina 

 

Hugo Amanque Chaiña


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