Jurado Electoral aperturó procedimiento sancionador contra candidato al Senado Leoncio Cutty del partido político Podemos Perú

Hugo Amanque Chaiñamarzo 4, 20264min0
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Jurado Electoral aperturó procedimiento sancionador contra candidato al Senado Leoncio Cutty del partido político Podemos Perú

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El Jurado Electoral Arequipa 1 el 03 de marzo del 2026 mediante la Resolución 00486-2026, dio inicio al procedimiento sancionador en contra del candidato al Senado, don LEONCIO REMBERTO CUTY TAQUIMA, por la organización política PODEMOS PERÚ por la presunta infracción prevista en el numeral 23.5 del artículo 23 de la Ley de Organizaciones Políticas, Ley N° 28094.

La resolución emitida dispone el traslado del Informe N° 000010-2026-LRPJEEAREQUIPA1-EG2026/JNE, al personero legal titular de la organización política PODEMOS PERÚ, a efectos de que en el plazo de un día calendario, presente los descargos correspondientes, debiendo adjuntar la documentación pertinente, bajo apercibimiento de resolverse con su absolución o sin ella. Precisando que puede acceder al informe de fiscalización y demás actuados a través del link de la plataforma electoral.

La resolución señala que revisado el informe presentado por el Fiscalizador de Hoja de Vida del Jurado Electoral Especial de Arequipa 1, se tiene que dio cuenta sobre presunta omisión de información y/o falsedad en el rubro V. Relación de Sentencias condenatorias firmes impuestas por delitos dolosos y la que incluye las sentencias con reserva del fallo condenatorio, en la Declaración Jurada de Hoja de Vida de don LEONCIO REMBERTO CUTY TAQUIMA, candidato al Senado por la organización política PODEMOS PERÚ. En el referido informe de fiscalización se señala la siguiente incidencia:

El candidato consignó en su declaración de hoja de vida en el rubro relación de sentencias condenatorias firmes impuestos por delitos dolosos y las que incluyen la sentencias con reserva de fallo condenatorios, que no tiene informacion por declarar, sin embargo según el oficio 000305-2026 emitida por la Corte Superior de Justicia de Arequipa recibida el 04 de febrero del 2026, habrían sentencias firmes recaídas en los expedientes 00362-2006 por delito de violencia y resistencia a la autoridad, teniendo como estado de sentencia condenatoria (sentencia 13/05/2008 y expediente 00312-2006 por delito de violencia y resistencia a la autoridad teniendo como estado sentencia condenatoria de la sentencia del 04/09/2007, ambos seguidos en el Juzgado Mixto Jacobo Hunter que tiene como imputado al señor Leoncio Remberto Cutty Taquima.

En consecuencia, al advertir presunta omisión y/o falsedad en la Declaración Jurada de Hoja de Vida del candidato al Senado, don LEONCIO REMBERTO CUTY TAQUIMA por la organización política PODEMOS PERÚ, hechos que presuntamente configurarían el supuesto de infracción contenido en el numeral 23.5 del artículo 23 de la LOP, corresponde dar inicio al procedimiento sancionador en contra del candidato citado; y, disponer el traslado del referido informe y sus anexos, al personero legal de la organización política PODEMOS PERÚ, a fin de que en el plazo de un día calendario presente los descargos correspondientes debiendo adjuntar la documentación pertinente, bajo apercibimiento de resolverse con su absolución o sin ella, en aplicación del numeral 22.2 y 22.3 del artículo 22 del Reglamento.

Hugo Amanque Chaiña


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