Jurado Electoral excluyó a otros siete candidatos a diputados por omitir información sobre sentencias judiciales

El Jurado Electoral de Arequipa 1 que preside el Dr. Javier Fernandez Davila, mediante diversas resoluciones excluyeron a siete candidatos a diputados al Congreso por Arequipa por omitir información sobre sentencias judiciales como ordena la legislación vigente en el país, entre ellos a los siguientes ciudadanos.
Excluye a FLAVIO PASCUAL CALCINA QUISPE como candidato a la Cámara de Diputados por la organización política AHORA NACIÓN – AN para el distrito electoral de Arequipa, por omitir información en el Rubro V. Relación de sentencias de su Formato Único de Declaración Jurada de Hoja de Vida, en aplicación del artículo 23°, numeral 23.5 de la Ley N°28094, Ley de Organizaciones Políticas, conforme a lo establecido en el artículo 15 del Reglamento de la declaración jurada de hoja de vida de candidato para las elecciones generales 2026 aprobado mediante Resolución N° 167-2025-JNE y remite copias de los actuados pertinentes al Ministerio Público para que proceda de acuerdo con sus atribuciones.
Excluye a JUAN ANDRES DUEÑAS ESCOBAR como candidato a la Cámara de Diputados por la organización política FUERZA POPULAR para el distrito electoral de Arequipa, por omitir información en el Rubro V. Relación de sentencias de su Formato Único de Declaración Jurada de Hoja de Vida, en aplicación del artículo 23°, numeral 23.5 de la Ley N°28094, Ley de Organizaciones Políticas, conforme a lo establecido en el artículo 15 del Reglamento de la declaración jurada de hoja de vida de candidato para las elecciones generales 2026 aprobado mediante Resolución N° 167-2025-JNE.
Excluye a ANGEL ELIAS CHAMPI INCA como candidato a la Cámara de Diputados por la organización política UN CAMINO DIFERENTE para el distrito electoral de Arequipa, por omitir información en el Rubro V. Relación de sentencias de su Formato Único de Declaración Jurada de Hoja de Vida, en aplicación del artículo 23°, numeral 23.5 de la Ley N°28094, Ley de Organizaciones Políticas, conforme a lo establecido en el artículo 15 del Reglamento de la declaración jurada de hoja de vida de candidato para las elecciones generales 2026 aprobado mediante Resolución N° 167-2025-JNE.
Excluye a CIRILO METADIO SUPO QUICO como candidato a la Cámara de Diputados por la organización política AHORA NACION – AN para el distrito electoral de Arequipa, por omitir información en el Rubro V. Relación de sentencias de su Formato Único de Declaración Jurada de Hoja de Vida, en aplicación del artículo 23°, numeral 23.5 de la Ley N°28094, Ley de Organizaciones Políticas, conforme a lo establecido en el artículo 15 del Reglamento de la declaración jurada de hoja de vida de candidato para las elecciones generales 2026 aprobado mediante Resolución N° 167-2025-JNE.
Excluye a HERNAN IGNACIO GUTIÉRREZ como candidato a la Cámara de Diputados por la organización política PARTIDO FRENTE DE LA ESPERANZA 2021 para el distrito electoral de Arequipa, por omitir información en el Rubro V. Relación de sentencias de su Formato Único de Declaración Jurada de Hoja de Vida, en aplicación del artículo 23°, numeral 23.5 de la Ley N°28094, Ley de Organizaciones Políticas, conforme a lo establecido en el artículo 15 del Reglamento de la declaración jurada de hoja de vida de candidato para las elecciones generales 2026 aprobado mediante Resolución N° 167-2025-JNE.
Excluye a JUAN CARLOS CALLACONDO VELARDE como candidato a la Cámara de Diputados por la organización política PARTIDO DEMOCRATICO SOMOS PERU para el distrito electoral de Arequipa, por omitir información en el Rubro V. Relación de sentencias de su Formato Único de Declaración Jurada de Hoja de Vida, en aplicación del artículo 23°, numeral 23.5 de la Ley N°28094, Ley de Organizaciones Políticas, conforme a lo establecido en el artículo 15 del Reglamento de la declaración jurada de hoja de vida de candidato para las elecciones generales 2026 aprobado mediante Resolución N° 167-2025-JNE.
Excluye a JUAN MIGUEL MEZA IGME como candidato a la Cámara de Diputados por la Alianza Electoral Venceremos para el distrito electoral de Arequipa, por omitir información en el Rubro V. Relación de sentencias de su Formato Único de Declaración Jurada de Hoja de Vida, en aplicación del artículo 23°, numeral 23.5 de la Ley N°28094, Ley de Organizaciones Políticas, conforme a lo establecido en el artículo 15 del Reglamento de la declaración jurada de hoja de vida de candidato para las elecciones generales 2026 aprobado mediante Resolución N° 1672025-JNE.
Foto Prensa Regional




