Congresista Mori propone que congresistas estén prohibidos de presentar leyes que comprendan gasto fiscal

El congresista Juan Mori Celis presentó el proyecto de ley para modificar el artículo 107, numeral a), del Reglamento de la Cámara de Diputados, referido a la improcedencia de las iniciativas legislativas. “Las proposiciones legislativas que se presenten deben observar lo siguiente: a) No pueden contener propuestas de creación ni de aumento de gasto público, ni generar nuevas obligaciones presupuestales o compromisos financieros para el Estado, ya sea de manera directa o indirecta, en cualquier año fiscal. Esta regla no afecta el derecho de los diputados de hacer proposiciones en ese sentido durante el debate del Presupuesto General de la República.”
En la exposición de motivos del proyecto de ley, el congresista Mori, señala que si bien el Reglamento de la Cámara de Diputados reconoce la improcedencia de iniciativas que generen gasto público, la redacción actual del artículo 107, numeral a), no resulta lo suficientemente precisa ni exhaustiva, lo que ha permitido; la presentación y tramitación de iniciativas que difieren el impacto fiscal a ejercicios futuros, eludiendo formalmente la restricción. La aprobación de normas con impacto fiscal indirecto, permanente o contingente, sin sustento técnico presupuestal, lo que ha venido generando que la generación de presiones estructurales sobre el gasto público, que no cuentan con fuente de financiamiento sostenible.
Esta situación ha sido reiteradamente advertida por los órganos técnicos especializados en materia fiscal; es así que, el Consejo Fiscal, en su Opinión sobre el Marco Macroeconómico Multianual 2026-20291, ha sido enfático en señalar que existe una proliferación de leyes aprobadas por el Congreso que generan gasto público, pese a la prohibición constitucional expresa. Además. señala que dichas iniciativas deterioran el cumplimiento de las reglas fiscales, incrementan el déficit y reducen el espacio fiscal disponible. La aprobación de gasto sin respaldo técnico traslada riesgos fiscales a futuros gobiernos, generando inconsistencia temporal y pérdida de credibilidad de la política fiscal.
Mori, indica que el Ministerio de Economía y Finanzas ha advertido que numerosas leyes aprobadas por el Congreso carecen de financiamiento permanente, generando obligaciones presupuestarias que comprometen la sostenibilidad fiscal y la calificación crediticia del país. El Tribunal Constitucional ha sostenido de forma reiterada que las leyes que crean o incrementan gasto público sin iniciativa del Poder Ejecutivo resultan inconstitucionales, aun cuando su impacto se proyecte a ejercicios futuros o se presente bajo figuras normativas indirectas.
Las consecuencias de ignorar esta prohibición han sido concretas y verificables, como las observaciones y vetos reiterados del Poder Ejecutivo, también se han dado declaraciones de inconstitucionalidad, lo que ha ocasionado el incremento del gasto rígido y reducción del margen de maniobra presupuestal, generando un riesgo de incumplimiento de reglas fiscales y deterioro de la confianza de los mercados. La presente Resolución Legislativa no introduce una nueva prohibición, sino que precisa y refuerza el alcance de una limitación ya existente, con el objetivo de cerrar interpretaciones elusivas, dejando claro que la prohibición alcanza todo año fiscal, presente o futuro, garantizar que el procedimiento parlamentario respete los límites constitucionales materiales, proteger la sostenibilidad de las
El sistema actual presenta una debilidad estructural; el control es posterior (observación del Ejecutivo o acción de inconstitucionalidad). Esto genera conflictos interinstitucionales, incertidumbre normativa, inseguridad jurídica y deterioro de la calidad legislativa. La reforma propuesta introduce un control reglamentario ex ante, evitando que iniciativas inconstitucionales sean siquiera tramitadas. Se trata de una medida de autocontención institucional que fortalece la legitimidad del Parlamento.




