Mediante Decreto Legislativo 1703 gobierno crea la Superintendencia de Defensa Pública y Acceso a la Justicia

Hugo Amanque Chaiñaenero 24, 20263min0
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Mediante Decreto Legislativo 1703 gobierno crea la Superintendencia de Defensa Pública y Acceso a la Justicia

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El gobierno nacional del presidente Jerí, mediante Decreto Legislativo 1703 publicado en el diario oficial el sábado 24 de enero, creó la Superintendencia de Defensa Pública y Acceso a la Justicia, así como establecer disposiciones sobre su naturaleza jurídica, competencias, funciones y estructura orgánica y tiene como finalidad organizar la unidad y coherencia del ejercicio de los servicios referidos a la asesoría legal y patrocinio en todo el país, orientado a la especialización, simplificación, integración y modernización de la función; así como la optimización y fortalecimiento de los servicios de la defensa pública.

La SUNADEP es la entidad encargada a nivel nacional de garantizar, promover, supervisar y fiscalizar los servicios de defensa pública, incluida la asistencia legal y el patrocinio legal, prestados conforme a la Ley N.º 29360, Ley del Servicio de Defensa Pública

Tendrá las siguientes funciones: a) Formular, coordinar, ejecutar y supervisar los servicios de acceso a la justicia en el marco de su competencia, b) Promover el acceso a la justicia a través de los servicios de defensa pública, asesoría legal gratuita y medios alternativos de solución de conflictos, c) Diseñar y mantener programas de información pública sobre los derechos de las personas, las garantías constitucionales, así como las condiciones y modos para acceder a los servicios, d) Brindar asesoría y defensa gratuita a las personas que no cuenten con recursos económicos para contratar una defensa privada y/o se encuentren en situación de vulnerabilidad, conforme al marco normativo vigente, etc.

La SUNADEP para el cumplimiento de sus fines, cuenta con la estructura orgánica básica donde esta la Alta Dirección, el Despacho del Jefe de la Superintendencia de la Defensa Pública y Acceso a la Justicia, el Órgano de Control, los Órganos de Asesoramiento, los Órganos de Apoyo, los Órganos de Línea y los Órganos Desconcentrados.

Constituyen recursos de la SUNADEP, a) Los que se consignan en la Ley Anual de Presupuesto del Sector Público y sus modificatorias, b) Los que se otorgan por la cooperación nacional e internacional, de acuerdo a las normas vigentes sobre la materia, y, c) Las donaciones y legados de personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, gobiernos u organismos internacionales.

La responsabilidad disciplinaria de los defensores públicos se tramita conforme a las disposiciones del régimen disciplinario y procedimiento sancionador de la Ley N.º 30057, Ley del Servicio Civil.

Hugo Amanque Chaiña


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