Otorongos aprueban inhabilitar a Fiscal Espinoza y ampliación de REINFO hasta 2026

Hugo Amanque Chaiñadiciembre 17, 202510min0
Hugo Amanque Chaiñadiciembre 17, 202510min0

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Otorongos aprueban inhabilitar a Fiscal Espinoza y ampliación de REINFO hasta 2026

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La Comisión Permanente del Congreso con 16 votos a favor y 4 en contra, aprobó la conclusión del informe final de la Denuncia Constitucional 563 y 618 que recomienda inhabilitar por 10 años del ejercicio de la función pública a Delia Espinoza en su actuación como fiscal de la nación por la presunta infracción de los artículos 93, 45 y 139 de la Constitución Política del Perú.

El vicepresidente de la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales, Jorge Montoya Manrique, encargado de sustentar el informe final, precisó que Delia Espinoza al presentar la Denuncia Constitucional 549 contra 11 parlamentarios por el ejercicio de su voto en la aprobación del dictamen del Proyecto de Ley 319/2021-CR que regula la contratación de pensionistas de las FF.AA. y PNP, infringió la Carta Magna.

Se le imputa a Espinoza la trasgresión de la garantía de inviolabilidad del voto consagrado en el artículo 93 de la Constitución Política del Perú que “los congresistas no son responsables ante autoridad u órgano jurisdiccional alguno por las opiniones o votos que emitan en el ejercicio de sus funciones”.

Asimismo, agregó que la emisión del voto en una comisión ordinaria, en este caso en la Comisión de Defensa Nacional, Orden Interno, Desarrollo Alternativo y Lucha contra las Drogas, constituye una expresión típica de del ejercicio de la función parlamentaria.

“Admitir que, la inviolabilidad parlamentaria pueda ser desplazada cuando el proyecto de ley votado pueda beneficiar a quien vota conduciría al absurdo de que ningún congresista podría votar sobre materias en beneficio de un sector de la sociedad que afecte su esfera personal”, dijo.

Respecto al artículo 45 se le imputa a la denunciada el presunto ejercicio del poder estatal excediendo las limitaciones constitucionales.

Mientras que, del artículo 139 inciso 3) se le imputa la presunta violación del debido proceso y tutela jurisdiccional; y del inciso 5) la deficiente motivación. La defensa de Delia Espinoza, el doctor Rodolfo Pérez, señaló que el mandato constitucional de la fiscal obliga a perseguir el delito cuando encuentra indicios razonables como en el caso de la aprobación de la norma, alegando que habría un beneficio a favor de los legisladores que votaron a favor en la Comisión de Defensa Nacional.

Previamente, con 21 votos a favor y 1 en contra se aprobó la conclusión que archiva la Denuncia Constitucional 563 y 618 acumuladas contra Delia Espinoza en su actuación como fiscal de la nación en el extremo referido a la presunta comisión de los delitos de abuso de autoridad y prevaricato.

Asimismo, con 19 votos a favor y 2 en contra se aprobó la conclusión que archiva la Denuncia Constitucional 563 y 618 acumuladas contra Delia Espinoza en el extremo referido a la presunta infracción de los artículos. 158 y 159 inciso 2 de la Constitución Política.

Finalmente, con 16 votos a favor y 4 en contra fue aprobada la designación de la subcomisión acusadora integrada por el congresista Jorge Montoya Manrique (para que sustente el informe aprobado y formule la acusación constitucional ante el Pleno del Congreso.

Aprueban ampliación del REINFO hasta diciembre del 2026

La Comisión Permanente aprobó con 13 votos a favor, 4 en contra y 2 abstenciones, en segunda votación y por mayoría, el dictamen recaído en los Proyectos de Ley que modifica el Decreto Legislativo 1293, norma que declara de interés nacional la formalización de las actividades de la pequeña minería y minería artesanal, con el fin de ampliar la vigencia del proceso de formalización minera integral.

Durante la sustentación del dictamen, el congresista Víctor Cutipa Ccama, presidente de la Comisión de Energía y Minas, precisó que la propuesta no compromete recursos públicos adicionales ni requiere partidas presupuestales extraordinarias, ya que su implementación se realizará con cargo a los presupuestos institucionales vigentes de las entidades competentes.

Asimismo, explicó que la iniciativa genera costos administrativos vinculados principalmente a la ampliación del plazo de formalización y al fortalecimiento de capacidades en los gobiernos regionales y otras entidades responsables, lo que implica la necesidad de personal técnico especializado, sistemas de información y acciones de supervisión ambiental y laboral.

No obstante, sostuvo que los beneficios superan ampliamente los costos, en la medida en que la norma permitirá garantizar el derecho al trabajo de miles de familias que dependen directa e indirectamente de la actividad minera, incrementar la culminación de los procesos de formalización, ampliar la base tributaria y mejorar la recaudación fiscal por concepto de impuestos, regalías y canon. Además, contribuirá a reducir la conflictividad social, fortalecer la trazabilidad de la producción minera artesanal y de pequeña escala, y reforzar la lucha contra el comercio ilegal y otras actividades ilícitas asociadas.

El artículo único de este dispositivo legal señala que “el proceso de formalización minera integral de la pequeña minería y minería artesanal tiene vigencia hasta el 31 de diciembre de 2026 o hasta la entrada en vigor de la Ley de la Pequeña Minería y Minería Artesanal (MAPE) y su reglamento, lo que ocurra primero”.

Durante el debate, la congresista Gladys Echaíz, cuestionó la ampliación del régimen, al considerar que se estaría legislando en beneficio de un grupo reducido en perjuicio del interés general. Señaló que esta situación se arrastra desde el año 2012 sin una evaluación integral de su impacto en el país y advirtió que mantener tratamientos especiales podría contravenir compromisos internacionales asumidos por el Estado peruano.

El congresista Guido Bellido Ugarte, señaló que no se trata de un grupo minoritario, sino de cerca de medio millón de peruanos, y aproximadamente cuatro millones de personas que participan directa o indirectamente en la cadena productiva minera. Subrayó la necesidad de diferenciar entre minería informal y minería ilegal, y recordó que más de 31 mil registros en el REINFO se encuentran actualmente en procedimientos administrativos vigentes.

Por su parte, la congresista Ruth Luque Ibarra, afirmó que la norma consolida un marco favorable a la economía ilegal, cuestionando la exención de responsabilidad penal por daños ambientales para quienes se encuentran en proceso de formalización y denunciando la exclusión de las poblaciones indígenas del debate legislativo.

La congresista Diana Gonzales Delgado, sostuvo que la ampliación otorga oxígeno a la minería ilegal y debilita la autoridad del Estado de derecho. El congresista Eduardo Salhuana Cavides, advirtió que no aprobar la ampliación habría generado un grave conflicto social, al dejar a más de 30 mil personas en situación de ilegalidad automática a partir del próximo año y reconoció que, en los últimos años, el Congreso y los distintos gobiernos no han logrado aprobar una ley integral que ordene la pequeña minería en el país.

La congresista Patricia Juárez Gallegos, destacó la complejidad del tema y señaló que su bancada impulsó reducir el plazo inicial propuesto, logrando finalmente que la ampliación sea solo por un año, como una medida transitoria frente al problema social existente.

Finalmente, el tercer vicepresidente del Congreso, Ilich López Ureña, manifestó su oposición a la ampliación del REINFO, al considerar que se viene promoviendo la permanencia en la informalidad y que la informalidad es un problema estructural del país que debe ser enfrentado con soluciones de fondo y no mediante ampliaciones reiteradas del proceso.

Hugo Amanque Chaiña


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