Orihuela solicita al JNE impulse y fije fecha de audiencia de vacancia contra alcalde Victor Rivera

Hugo Amanque Chaiñaoctubre 28, 20255min0
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Orihuela solicita al JNE impulse y fije fecha de audiencia de vacancia contra alcalde Victor Rivera

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El 17 de octubre del 2025, el abogado Jesús Quispe Tarifa en representación de Claudia Orihuela Larico, solicitó al presidente del Jurado Nacional de Elecciones en calidad de apelante que dicho organismo electoral disponga el impulso de oficio del proceso de vacancia contra el alcalde provincial de Arequipa, Victor Rivera.

Quispe, señala que el recurso de apelación contra el Acuerdo de Concejo Nº 031-2025-MPA, presentado mediante escrito fechado el 19 de mayo de 2025, versa sobre la solicitud de vacancia de la autoridad municipal, fue formalmente interpuesto ante el JNE, dentro del plazo señalado por la Ley Orgánica de Municipalidades (Ley N° 27972).

Sin embargo, a la fecha actual no se ha procedido a su evaluación ni se ha programado la vista de la causa correspondiente, pese a haber cumplido un plazo razonable desde la presentación, habiendo transcurrido a la fecha cinco meses, sin señalarse fecha de Audiencia. Sostiene que esta inactividad procesal genera un perjuicio directo e irreparable al derecho fundamental a la tutela judicial efectiva y una pronta solución, en el marco del principio constitucional del debido proceso y del derecho a la defensa.

El abogado refiere que conforme al artículo 23 de la Ley Orgánica de Municipalidades, los acuerdos del concejo sobre vacancia son recurribles en apelación ante el JNE, siendo este órgano quien debe pronunciarse conforme al plazo máximo de 30 días hábiles. Este derecho general plazo de celeridad, así como el principio de impulso procesal de oficio, propios del administrativo y procesal, exigen que los procesos bajo la competencia del JNE se tramiten con prontitud y sin dilataciones injustificadas.

Remarca que La Constitución Política del Perú (artículos 139 inciso 3) garantiza el derecho a la tutela jurisdiccional efectiva, la cual implica que la resolución de los recursos se emite en plazos razonables para no afectar derechos e intereses legítimos. La jurisprudencia reiterada del JNE y del Tribunal Constitucional ha establecido que la demora injustificada en la tramitación de procedimientos afecta la seguridad jurídica y vulnera derechos constitucionales.

El letrado en representación de Orihuela, reitera ante el JNE, se disponga el impulso inmediato del proceso en calidad de recurso de apelación interpuesto el 19 de mayo de 2025, ordenando se programa con urgencia fecha y hora para la vista de la causa, a fin de salvar el debido proceso, garantizar la tutela judicial efectiva, y evitar dilataciones que perjudiquen los derechos de la recurrente.

Quispe Tarifa, advierte que la solicitud de vacancia, en grado de apelación ya ha tenido dos pronunciamientos previos de parte del Jurado Nacional de Elecciones, que ha declarado (02 veces) la nulidad del acuerdo del Concejo Municipal, y es el caso que a través del presente recurso recaído en el JNE.2025002632 que por tercera vez se recurre al JNE por vía recurso de Apelación que se solicita se pronuncie sobre la vacancia del alcalde la provincia de Arequipa; y en todos los casos en tres ocasiones existe un retraso inusual que causa zozobra, según la Resolución N° 024-2024-JNE de fecha 31 de enero de 2024, y Resolución N° 080-2025-JNE de fecha 12 de febrero de 2025.

Asimismo, el abogado afirma que la población arequipeña espera saber el resultado de una solicitud de vacancia en contra del burgomaestre de la ciudad de Arequipa presentado el 14 de agosto de 2023, que hasta el día de hoy no se resuelve (octubre 2025), transcurriendo más de 02 años de incertidumbre, ya que dicho alcalde cuestionado estaría implicado en actos que quebrantan la transparencia e imparcialidad que debe regir en las contrataciones públicas, la misma que fue objeto incluso de una investigación del Ministerio Público e investigación periodística de Radio Exitosa y otros medios de comunicación.

Foto MPA

Hugo Amanque Chaiña


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