MINCETUR publica proyecto de política nacional multisectorial de Comercio Exterior al 2040

Hugo Amanque Chaiñaoctubre 16, 20254min0
Hugo Amanque Chaiñaoctubre 16, 20254min0

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MINCETUR publica proyecto de política nacional multisectorial de Comercio Exterior al 2040

TERESAMERA141025A

La ministra de Comercio Exterior y Turismo, Teresa Mera, mediante Resolución Ministerial 306-2025-MINCETUR, dispuso la publicación del proyecto de la Política Nacional Multisectorial de Comercio Exterior al 2040, el Decreto Supremo que la aprueba y su Exposición de Motivos, en la sede digital del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario oficial El Peruano, por el plazo de quince (15) días calendario, contado a partir del día siguiente de la referida publicación, a efectos de recibir comentarios, aportes u opiniones de las entidades públicas y privadas, organizaciones de la sociedad civil y personas naturales.

La Resolución dispone que los comentarios, aportes u opiniones sobre el proyecto de la Política Nacional Multisectorial de Comercio Exterior al 2040 a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial sean presentados a través de la sede digital del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (www.gob.pe/mincetur) o en la Mesa de Partes del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, ubicada en Calle Uno Oeste Nº 050, Urbanización Córpac, San Isidro, provincia y departamento de Lima, así como en la dirección electrónica: servicios_ddcoe06@mincetur. gob.pe dirigida a la Dirección General de Políticas de Desarrollo de Comercio Exterior, órgano encargado de recibir, sistematizar y analizar los comentarios.

La norma publicada refiere que, de conformidad con el numeral 1 del artículo 5 de la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, dicho Ministerio es el ente rector en materia de comercio exterior y turismo, y tiene entre sus funciones, formular, dirigir, coordinar, ejecutar y supervisar la política de comercio exterior orientada a lograr un desarrollo creciente y sostenido del país.

Asimismo, el numeral 21.1 del artículo 21 del Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2024-JUS, establece que la publicación de un proyecto normativo se aprueba mediante resolución ministerial o resolución del titular de la entidad de la Administración Pública, la cual se publica en el diario oficial. El proyecto normativo y la exposición de motivos se publican en la sede digital de la entidad de la Administración Pública. Asimismo, el literal c) del numeral 20.1 del artículo 20 de la referida norma, señala que el plazo para la recepción de los comentarios, aportes u opiniones no debe ser menor a quince días calendario contados desde el día siguiente de su publicación, salvo disposición normativa de rango superior que establezca lo contrario.

Hugo Amanque Chaiña


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