Soto propone que Corte Suprema tenga 40 jueces supremos previa reforma constitucional

El congresista Wilson Soto Palacios presentó un proyecto de ley que tiene por objeto reformar el artículo 143 de la Constitución Política del Perú, estableciendo un número mínimo de magistrados en la Corte Suprema de Justicia de la República para lo cual propone se modifique el artículo 143 de la Constitución Política del Perú, conforme al texto siguiente:
“El Poder Judicial está integrado por órganos jurisdiccionales que administran justicia en nombre de la nación, y por órganos que ejercen su gobierno y administración. Los órganos jurisdiccionales son: la Corte suprema de Justicia que cuenta con un número mínimo de cuarenta jueces supremos, y las demás cortes y juzgados que determine su ley orgánica”.
En la exposición de motivos del proyecto de Soto, afirma que actualmente, el Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo N.º 017-93-JUS, en su artículo 29 dispone que la Corte Suprema está conformada por veinte jueces supremos, distribuidos de la siguiente manera: 1. El presidente de la Corte Suprema. 2. El juez supremo jefe de la Oficina de Control de la Magistratura. 3. Dos jueces supremos integrantes del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. 4. Un juez supremo representante de la Corte Suprema ante el Jurado Nacional de Elecciones. 5. Los demás jueces supremos integrantes de las salas jurisdiccionales.
Sin embargo, este número resulta claramente insuficiente frente a la creciente carga procesal acumulada en los últimos años, lo que impide una adecuada atención de los expedientes y genera dilaciones que afectan la legitimidad y la imagen del Poder Judicial ante la ciudadanía. La propia Corte Suprema ha reconocido esta limitación al señalar que, de los 20 jueces supremos titulares, solo 15 ejercen funciones jurisdiccionales, dado que los restantes desempeñan labores de gobierno, control disciplinario o representación institucional. Ello obliga a recurrir a magistrados provisionales, práctica que prolonga la provisionalidad y debilita la institucionalidad judicial.
Soto advierte que la Defensoría del Pueblo, en su Informe Defensorial sobre “El derecho a un proceso sin dilaciones”, destacó que los magistrados de la Sala Constitucional y Social de la Corte Suprema no cuentan con los recursos ni el tiempo suficientes para atender su carga procesal, que representa cerca del 60 % del total de casos pendientes en dicha instancia. Este déficit se replica en las demás salas, confirmando la urgencia de fortalecer la planta de magistrados supremos”.
Por estas razones, el congresista Soto propone constitucionalizar un número mínimo de magistrados en la Corte Suprema, estableciendo como piso la cifra de 40 jueces supremos, con el fin de garantizar la estabilidad, eficiencia y legitimidad de la máxima instancia del Poder Judicial. Con ello se busca reducir la provisionalidad, mejorar la gestión jurisdiccional y asegurar el respeto efectivo del derecho de toda persona a un proceso sin dilaciones indebidas, en concordancia con el mandato constitucional de defensa de la dignidad humana.




