¡Sinvergüenzas! Promulgan Resolución que permite que congresistas hagan campaña política sin que ello constituya infracción a neutralidad

Hugo Amanque Chaiñaseptiembre 11, 20254min0
Hugo Amanque Chaiñaseptiembre 11, 20254min0

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¡Sinvergüenzas! Promulgan Resolución que permite que congresistas hagan campaña política sin que ello constituya infracción a neutralidad

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El presidente del Congreso, José Jerí, promulgó el jueves 11 de septiembre la Resolución Legislativa 001-2025-206 que incorpora el art. 25-A sobre principio de neutralidad respecto de los parlamentarios en los siguientes términos.

“Los parlamentarios en ejercicio de sus funciones pueden expresar, defender y promover posiciones ideológicas, programáticas y partidarias, sin que ello constituya infracción al deber de imparcialidad o de neutralidad. Esta disposición no los habilita para que realicen actividades de proselitismo político en horarios en los que se desarrollen las sesiones de comisiones en las que son miembros o del Pleno del Congreso, salvo que se solicite la respectiva licencia sin goce de haber”.

Como se recuerda fue el 21 de agosto cuando el Congreso con 82 a favor y 23 en contra, los otorongos del Congreso aprobaron en sesión plenaria del miércoles 20 de agosto la Resolución Legislativa 11306, que incorpora el artículo 25-A al Reglamento del Congreso de la República supuestamente para optimizar el ejercicio de los derechos políticos de los parlamentarios.

En dicha fecha, el presidente de la Comisión de Constitución y Reglamento, Arturo Alegría García, sostuvo que la norma busca fortalecer la representación política, ya que la función parlamentaria es política por excelencia, lo que exige confrontar ideas, posiciones, debatir las posturas que cada uno de los representantes tiene aquí en el Parlamento Nacional y creo que eso es fruto también de las coordinaciones previas e internas que cada una de las bancadas tiene dentro de sus espacios políticos.

Agregó que, el proyecto que bajo una mirada equivocada de neutralidad lo que busca es clarificar lo que ya está expresamente publicado en el Reglamento del Congreso.  El presidente del Congreso, José Jerí Oré, precisó que, de conformidad con lo establecido en el Artículo 78 del Reglamento del Congreso, las proposiciones de resoluciones legislativas se encuentran exoneradas del requisito de segunda votación.

 Breve comentario del tema

Es otra resolución legislativa vergonzosa de un parlamento que no tiene escrúpulos ante el soberano y evidencia otro abuso de poder de los otorongos, confirma que aprueban leyes no en función de los intereses nacionales, sino en función de sus intereses personales y políticos.

Ratifica asimismo que no respetan el Código de Ética Parlamentaria que los obliga a no incurrir en conflictos de interés y violan el principio constitucional del deber de neutralidad en la función pública. La sociedad civil debería presentar una acción de inconstitucionalidad contra este “mamarracho legislativo”.

Ahora los otorongos podrán hacer campaña electoral desde el Congreso sin ninguna restricción legal ni sanción, mientras que todas las autoridades y funcionarios públicos están obligados a respetar el principio de neutralidad, rompiendo una tradición política y democrática que siempre se respetó en periodos electorales. Los otorongos ya han perdido la vergüenza y el pudor ante la sociedad peruana.

Es otro pésimo ejemplo ante el país y la sociedad de una representación parlamentaria carente de valores y principios constitucionales cuyos legisladores no merecen nunca más ser elegidos como diputados ni senadores en representación del pueblo.

Hugo Amanque Chaiña – Periodista y Abogado

Hugo Amanque Chaiña


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