En elecciones 2026 cada partido debe presentar 263 candidatos y peruanos elegirán a 11,309 autoridades a nivel nacional afirma JNE

En las elecciones 2026 tanto a la presidencia, Congreso, Parlamento Andino, elecciones regionales y municipales, los peruanos elegirán a nivel nacional a 11,309 autoridades y cada partido político deberá inscribir a 263 candidatos para dichos procesos electorales.
Así lo informaron funcionarios del JNE en la conferencia para periodistas que se desarrolló el jueves 24 de julio en el Colegio de Abogados de Arequipa sobre las elecciones generales 2026 en el país.
Jorge Valdivia, abogado del gabinete de asesores del JNE, dio cuenta que cada partido político deberá presentar candidatos a 60 senadurías y 130 diputados, debiendo instalarse en todo el país 60 Jurados Electorales Especiales, siendo el plazo para inscribir alianzas electorales el 02 de agosto.
El 30 de noviembre es la fecha límite para que los partidos en elijan a sus candidatos en elecciones primarias o mediante sus delegados, el 07 de diciembre es la fecha límite para la elección de candidatos por parte de los delegados, el 13 de diciembre la fecha límite de aprobación del padrón electoral definitivo, el 15 de diciembre es la fecha limite para que se proclame resultados de las elecciones primarias, y el 23 de diciembre es la fecha límite para la presentación de solicitudes de inscripción de fórmulas y listas de candidatos.
El 11 de febrero del 2026 es la fecha límite para publicación de fórmulas y listas de candidatos admitidas y fecha límite para renuncia de candidatos y retiro de listas, el 26 de febrero es la fecha límite para resolver exclusiones y tachas, el 13 de marzo la fecha límite para resolver apelaciones sobre exclusión y tachas, el 14 de marzo fecha limite para que las candidaturas queden inscritas. El 11 de abril es la fecha límite para exclusión de situación jurídica del candidato, el 12 de abril el día de las elecciones generales 2026 y el 07 de junio día de las elecciones de producirse la segunda vuelta electoral.
Sobre la publicidad estatal, neutralidad y encuestas, expuso Liz Barreda de la Dirección Nacional de Fiscalización y Procesos Electorales, quien refirió que está prohibido la difusión de publicidad estatal y excepcionalmente se puede permitir cuando de impostergable necesidad y utilidad pública.
Precisó que la publicidad estatal no debe considerar a las organizaciones políticas como sus símbolos, lemas o imagen de sus funcionarios públicos, estableciéndose sanciones económicas que van de 30 hasta 100 UITS de multa. Respecto a la neutralidad electoral, señaló que todos los funcionarios deben actuar con imparcialidad, habiéndose registrado en el Jurado Electoral Especial de Arequipa 508 incidencias y si evidencias de hechos irregulares e ilícitos estos casos serán derivados al Ministerio Público, Contraloría y Consejos Municipales y Consejos Regionales para que actúen a través de sus canales éticos.
En relación a las encuestas, puntualizó que fiscalizan a medios de comunicación y encuestadoras por lo que los jurados electorales pueden obligar a rectificar las publicaciones de las encuestas, se puede imponer sanciones económicas hasta de 10 UITS a encuestadoras que incumplan la reglamentación vigente, y cuando hay funcionarios regionales o municipales que incumplan normas electorales los jurados pueden ordenar que los gobernadores y alcaldes retiren la publicidad estatal.
Jean Marco Vilano, expuso sobre las herramientas para combatir la desinformación electoral, afirmando que hay más de 3 millones de jóvenes electores que utilizan las redes sociales y no siempre tienen confianza en la información que difunden estos medios tecnológicos, reconociendo que hay riesgo de desinformación en los procesos electorales por lo que el JNE ha creado un equipo de verificación de datos que monitorea tanto a los medios de comunicación y las redes sociales.
Foto JNE




