Tres listas de docentes y estudiantes competirán en elecciones a Asamblea Universitaria UNSA el 17 de julio

El Comité Electoral de la UNSA que preside la Dra. Felicitas Ramírez, informaron al 05 de junio se subsanaron las inscripciones de tres listas de docentes y tres listas de estudiantes a las elecciones ante la Asamblea Universitaria que se desarrollará el 17 de julio.
Las listas inscritas de grupos de docentes son, “Renovación Agustina” que tiene como personero a Giovanni Zeballos Delgado, “Unidos al Bicentenario” que presentó como personero a Fredy Gonzales Saji, y, “Vamos todos UNSA” que tiene como personero a Roberto Cervantes Rivera. Los representantes elegidos tendrán participación en la Asamblea Universitaria en el periodo 2025-2029.
Las tres listas de estudiantes inscritas son, “Acción Universitaria, Gestión con Resultados” que tiene como personero a Dayana Chua Corimanya, “Kuska UNSA” cuyo personero es Juan Mendoza Manzano, y, “Vamos todos UNSA” que tiene como personero a Wilfredo Barreda Arapa. Los estudiantes elegidos participaran en la Asamblea Universitaria en el periodo 2025-2027.
El Estatuto de la UNSA conforme el literal e) del artículo 142° del Estatuto señala que el módulo de docentes ordinarios está conformado por: 22 docentes principales, 13 docentes asociados y 9 docentes auxiliares. El periodo de mandato de la representación docente es por cuatro (04) años. Conforme el literal f) del artículo l42° del Estatuto el módulo de estudiantes de pregrado está conformado por: 30 estudiantes. El periodo de representatividad estudiantil es por dos (02) años.
El Estatuto de la UNSA en el art. 6 afirma que la Asamblea Universitaria es el máximo órgano de gobierno de la Universidad, es un órgano colegiado que representa a la comunidad universitaria, y de conformidad con el Art. 56° de la Ley Universitaria N°30220 y Art. 142° y 178° del Estatuto de la UNSA y demás pertinentes la Asamblea Universitaria está conformada por: a) El Rector, quien la preside. b) Los Vicerrectores Académico y de Investigación. c) Los Decanos de las Facultades. d) El Director de la Escuela de Posgrado. e) Los representantes de los docentes ordinarios de las diversas Facultades, en número igual al doble de la suma de las autoridades universitarias a que se refieren los incisos anteriores. Están representados de la siguiente manera:
50% de Profesores Principales, 30% de Profesores Asociados y 20% de Profesores Auxiliares. f) Los representantes de los estudiantes de pregrado y posgrado, que constituyen el tercio del número total de los miembros de la Asamblea. Los representantes estudiantiles de pregrado deben pertenecer al tercio superior y haber aprobado como mínimo treinta y seis créditos. La representación de estudiantes de posgrado será el 10% del total del tercio estudiantil. La inasistencia de los estudiantes no invalida la instalación ni el funcionamiento de la Asamblea. g) El representante de los graduados con voz y voto. h) Un representante de los trabajadores administrativos, un representante del Sindicato de Docentes y un representante de la Federación Universitaria; todos con voz y sin voto. i) El Secretario General de la universidad y el Director General de Administración, ambos con voz y sin voto.




