Segunda Sala Civil reprogramó al 05 de junio audiencia para analizar amparo contra transferencia de Majes al MIDAGRI que aprobó Consejo Regional

Hugo Amanque Chaiñaabril 2, 20255min0
Hugo Amanque Chaiñaabril 2, 20255min0

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Segunda Sala Civil reprogramó al 05 de junio audiencia para analizar amparo contra transferencia de Majes al MIDAGRI que aprobó Consejo Regional

corte y majes

Mediante Resolución N° 07 del uno de abril del 2025, la Segunda Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Arequipa que preside el Dr. Benito Paredes, reprogramaron la audiencia única para el cinco de junio a las doce horas en la sala virtual de dicha sala por la plataforma Google meet.

Inicialmente, la Segunda Sala Civil de la Corte Superior de Arequipa programó la audiencia virtual para el jueves 03 de abril desde las 12 horas, donde debía escuchar a los demandados y demandantes del proceso constitucional de amparo que interpusieron en octubre del 2024 varios abogados encabezados por el Dr. Walter Paz contra la transferencia del Proyecto Majes al MIDAGRI.

El argumento para postergar la audiencia virtual, según la Segunda Sala Civil, es que la secretaria de la central de notificaciones no cumplió con devolver las cedulas de notificación de los demandados, Ángel Manero, Norma Ortega, Juan Huanca, Aron Maldonado, Gregorio Ale, Natividad Taco, Antonio Llerena y el Procurador Público del Ministerio de Agricultura, que contienen los escritos de demanda, anexos, escrito de subsanación de demanda y las resoluciones 2 y 3.

Al haberse admitido la demanda de amparo y se fijó la audiencia para el 03 de abril, estas cedulas de notificación de los demandados, no han retornado y a fin de que no se vulnere el derecho de defensa de las partes procesales, corresponde reponerse el proceso al estado que corresponde al art. 173 del Código Procesal Civil a fin de que los demandados puedan hacer efectivo el uso de su derecho de defensa.

Asimismo, la resolución 07, indica que no se ha podido emplazar al ministro demandado por no aceptar recepcionar la cedula y además no puede tenerse como válidas las notificaciones a los demás demandados por la distancia de sus domicilios, por lo cual debe adoptarse las medidas pertinentes.

Como se recuerda, en sesión ordinaria del 22 de julio del 2024, el Consejo Regional aprobó por mayoría de 8 votos a favor, transferir el Proyecto Majes al MIDAGRI, mientras que 6 consejeros votaron en contra. Ellos fueron, Fernando Cornejo, César Huamantuma, Miguel Linares, Yesenia Choquehuanca, Osias Ortiz y Nila Roncalla. Los 8 consejeros que votaron a favor de la transferencia fueron, Antonio Llerena, Marleny Arminta, Elfer Ale, Roxana Llamocca, Norma Ortega, Aron Maldonado, Natividad Taco y Juan Huanca.

Fue el lunes 21 de octubre del 2024 cuando los ocho abogados liderados por Walter Paz, presentaron el proceso constitucional de amparo ante el Juzgado Constitucional de Arequipa, en contra del acuerdo regional 125-2024 que aprobó el Consejo Regional de Arequipa en el mes de julio por el cual se transfirió el Proyecto Majes II al Ministerio de Agricultura, por lo que solicitan concretamente que se inaplique dicho acuerdo regional.

Los demandados son, el ministro de Desarrollo Agrario, Ángel Manero, el gobernador de Arequipa, Rohel Sánchez, el gerente ejecutivo de AUTODEMA, Duberly Otazu, y contra los ocho consejeros regionales que votaron a favor de la transferencia del Proyecto Majes II al MIDAGRI mediante acuerdo regional en julio del 2024.

Ellos son, Antonio Llerena, Marleny Arminta, Elfer Ale, Roxana Llamocca, Norma Ortega, Aron Maldonado, Natividad Taco y Juan Huanca. La Resolución emplaza también al Procurador del MIDAGRI y al Procurador Publico del Gobierno Regional de Arequipa

El argumento principal en la demanda de amparo es que el acuerdo regional aprobado contraviene el ordenamiento constitucional y legal del país, así como varias sentencias del Tribunal Constitucional en materia de descentralización y la ley orgánica de gobiernos regionales y ley de bases de la descentralización vigente en el país.

 

Hugo Amanque Chaiña


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