JNE ordena a Yarabamba se convoque a sesión para debatir vacancia de alcalde y dos regidores por causal de nepotismo

Hugo Amanque Chaiñamarzo 23, 20254min0
Hugo Amanque Chaiñamarzo 23, 20254min0

Left Banner

Left Banner

JNE ordena a Yarabamba se convoque a sesión para debatir vacancia de alcalde y dos regidores por causal de nepotismo

luna alcalde 25

El 17 de marzo del 2025 el Jurado Nacional de Elecciones en el expediente 2025000787, resolvió trasladar al Consejo Distrital de Yarabamba la solicitud de vacancia presentada por la ciudadana, Sandra Cuchón Carrillo en contra del alcalde, José Luis Zapana, así como en contra de los regidores distritales Alida Tito Soto y Zenón Cruz Hidalgo, por la causal de nepotismo, previsto en el numeral 8 del art. 22 de la ley orgánica de municipalidades 27972.

El JNE requiere al gerente de la municipalidad de Yarabamba que dentro del plazo de tres días cumpla con notificar a los miembros del consejo municipal y requiere al alcalde y regidores que cumplan con tramitar la solicitud de vacancia conforme al procedimiento legal establecido en la ley orgánica de municipalidades y ley de procedimiento administrativo general.

El organismo electoral señala que debe convocarse a sesión extraordinaria en un plazo máximo de cinco días hábiles luego de notificado el presente auto. En caso de que el alcalde no lo haga dentro del plazo establecido, previa notificación escrita a este, puede hacerlo el primer o cualquier otro regidor. Entre la convocatoria y la sesión mediará, cuando menos, un lapso de cinco días hábiles. Además, la sesión de concejo deberá realizarse en un plazo máximo de treinta días hábiles después de recibida la solicitud y luego de notificarse al afectado para que ejerza su derecho de defensa.

La ciudadana Sandra Cuchón Carrillo, el 06 de marzo del 2025, presentó esta petición ante el organismo electoral donde afirma que según el informe de control especifico 029-2024 del año 2024 de la OCI de la Municipalidad de Yarabamba, se detectaron varios casos de presunta irregularidad de nepotismo en la municipalidad de Yarabamba.

En el documento elevado al JNE la denunciante señala que se contrató a la cuñada del regidor y ahora alcalde José Luis Luna, se contrató al conviviente de la regidora Alida Ttito Soto, se contrató al hermano de la regidora Alida Ttito Soto, se contrató al Tío de la regidora Alida Ttito Soto, se contrató a la Tía de la regidora Alida Ttito Soto, se contrató al primo de la regidora Alida Ttito Soto, se contrató a la prima de la regidora Alida Ttito Soto, se contrató a la hermana del regidor Zenón Cruz Hidalgo y se contrató a la sobrina del regidor Zenón Cruz Higaldo.

En tal sentido, la ciudadana, solicita se inicie con el procedimiento de vacancia por configuración de nepotismo del ALCALDE PROVISIONAL Y DOS REGIDORES de la municipalidad distrital de Yarabamba, provincia y departamento de Arequipa, por incurrir en la causal de vacancia por nepotismo prevista en el artículo 22 de la Ley Nro. 27972 Ley Orgánica de municipalidades a su vez dice “El cargo de alcalde o regidor se declara vacante por el concejo municipal en los siguientes casos “(…) 8. Nepotismo, conforme a la ley de la materia.

Solicita por tanto al JNE, que oportunamente declare PROCEDENTE la solicitud de vacancia presentada en todos sus extremos por los siguientes fundamentos de hecho y derecho que EXPONE EL ORGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YARABAMBA en el informe de control específico N.º 029-2024-2-1318-SCE.

Hugo Amanque Chaiña


Post Banner

Post Banner