Gobierno promulga Ley 32213 que amplía hasta junio 2025 la inscripción en Registro Integral de Formalización Minera

El gobierno de la presidenta Boluarte promulgó la Ley 32213 que aprobó el Congreso en el diario oficial el viernes 27 de diciembre del 2024 que tiene por objeto incorporar la rectoría y la ampliación del plazo del proceso de formalización minera integral de la actividad en la pequeña minería y minería artesanal de los sujetos inscritos en el Registro Integral de Formalización Minera.
La nueva ley señala que el Ministerio de Energía y Minas (MINEM) es el ente rector de la actividad de la pequeña minería y minería artesanal. La Dirección General de Formalización Minera ejerce sus funciones y la realización de los trámites y acciones administrativas requeridos para su formalización. Al Ministerio de Energía y Minas (MINEM) se le faculta la creación e implementación del Sistema Interoperable de la Pequeña Minería y Minería Artesanal, y el Sistema de Ventanilla Única para la Formalización Minera.
Se crea el Sistema Interoperable de la Pequeña Minería y Minería Artesanal (SIPMMA) para supervisar la trazabilidad operativa de minerales, explosivos, insumos químicos y productos fiscalizados en la pequeña minería y minería artesanal. El MINEM implementa este sistema en un plazo máximo de seis (6) meses desde la entrada en vigor de esta ley. El Sistema deberá ser interoperable e interconectado entre las entidades del Estado para facilitar la identificación de incumplimientos y asegurar la formalización efectiva de las actividades que regula el objeto de la presente ley. En un plazo máximo de seis meses, contados a partir del establecimiento del SIPMMA, se implementa la interoperabilidad con los siguientes sistemas: el Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), el Sistema de Derechos Mineros y Catastro (SIDEMCAT), el Sistema Integrado de Fiscalización Ambiental (SIFA) y el Sistema de Ventanilla Única para la Formalización Minera.
El Sistema estará supervisado por el MINEM, con la participación de la Dirección General de Formalización Minera, la Policía Nacional del Perú (PNP), y la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil (SUCAMEC), la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) y el Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico (INGEMMET). Debe hacer uso del GPS, que permitirá a estas entidades tener el control de material, insumos y otros necesarios para el correcto uso del Sistema, fortaleciendo las capacidades de supervisión.
El Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC) y la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF-Perú) aportarán información relevante al Sistema. La Secretaría de Gobierno y Transformación Digital de la Presidencia del Consejo de Ministros desarrollará el soporte digital y coordinará la implementación del Sistema, facilitando el intercambio de información entre todas las entidades. Las plantas de procesamiento deben inscribirse en el registro de trazabilidad y están sujetas a control operativo bajo el SIPMMA, con el soporte de tecnología GPS como herramienta clave para verificar las operaciones y prevenir desviaciones.
Entre las disposiciones transitorias se señala que el plazo de vigencia del proceso de formalización minera integral de las actividades de la pequeña minería y minería artesanal culmina el 30 de junio de 2025. El referido plazo puede ser prorrogado por única vez por seis (6) meses adicionales mediante decreto supremo emitido por el Ministerio de Energía y Minas (MINEM). El presente plazo se establece como un marco transitorio hasta la promulgación de la Ley de Pequeña Minería y Minería Artesanal, a la cual se refiere la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley 31388, por lo que al momento que entre en vigor dicha ley, la presente ley queda derogada. El Poder Ejecutivo, a propuesta del Ministerio de Energía y Minas, reglamenta la presente ley en un plazo máximo de 30 días hábiles, el mismo que se computa desde el día siguiente de la entrada en vigor de la presente ley.
Foto Revista Proactivo