Yura contrató con proveedores que no están inscritos en registro nacional afirma Contraloría

Hugo Amanque Chaiñadiciembre 23, 20243min0
Hugo Amanque Chaiñadiciembre 23, 20243min0

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Yura contrató con proveedores que no están inscritos en registro nacional afirma Contraloría

mirtha proveedores

La Municipalidad Distrital de Yura contrató con proveedores que no contaba con la inscripción vigente en el Registro Nacional de Proveedores que obliga la legislación vigente, situación que afectó el correcto funcionamiento de la administración pública.

Así lo señala en la conclusión más importante el órgano de control institucional de la Municipalidad de Yura, en el informe de acción posterior 037-2024 del 05 de diciembre del 2024.

El informe precisa que de la verificación a la documentación alcanzada por Yura, respecto a las contrataciones de proveedores de bienes y servicios por importes menores a 8 UIT, durante el período 2021 y 2022, se evidenció que se contrató con 5 proveedores por un importe total de S/ 55, 710,00 mediante órdenes de compra y servicios por montos mayores a una (1) UIT1 , los mismos que no contaban con inscripción en el Registro Nacional de Proveedores en adelante RNP, a pesar que constituía un requisito en virtud a lo dispuesto en el numeral 46.1 del artículo 46° del Texto Único Ordenado de la Ley 30225, Ley de Contrataciones del Estado.

Esas irregularidades contravienen la Directiva 001-2019 “Normas y procedimientos para la adquisición de bienes y contratación de servicios menores o iguales a 8 UIT en la Municipalidad Distrital de Yura”, aprobado con Resolución Gerencial 022-2019-GM/MDY de 23 de abril de 2019, el Texto Único Ordenado de la Ley 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado con Decreto Supremo 082-2019-EF, publicada el 13 de marzo de 2019 y el Reglamento de la Ley 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado con Decreto Supremo 344-2018-EF, publicado el 31 de diciembre de 2018, modificado con Decreto Supremo 377-2019-EF, publicado el 14 diciembre.

La jefa de la OCI, le solicita a la alcaldesa de Yura, Mirtha Mavel Ruelas Casillas, que remita al Órgano de Control Institucional, el Plan de Acción para la implementación de las recomendaciones, en un plazo no mayor de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente hábil de recibida la comunicación oficial.

Hugo Amanque Chaiña


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