Miraflores no supervisa servicio de limpieza y personal no tiene equipos de protección revela Contraloría

Tres irregularidades fueron detectadas en la prestación del servicio de limpieza pública que brinda la Municipalidad Distrital de Miraflores según el informe de control concurrente 102-2024 del órgano de control institucional de la Municipalidad Provincial de Arequipa del 16 de diciembre del 2024.
La primera irregularidad es que el personal que realiza el servicio de limpieza pública en Miraflores, no utiliza equipos de protección personal de seguridad, situación que pone en riesgo la integridad y salud del personal.
La segunda irregularidad son las carencias en la supervisión del servicio de limpieza pública, podría afectar la eficiencia y eficacia del servicio que presta la Municipalidad de Miraflores.
La tercera irregularidad es que los contenedores de recolección de residuos sólidos, no cuentan con un símbolo material que permita su identificación como bienes patrimoniales de la Municipalidad de Miraflores, lo cual afecta la trazabilidad y su identificación en el inventario, ante una eventual perdida, daño o sustracción de los mismos.
La Contraloría refiere que la Municipalidad de Miraflores incumple la Ley que dispone medidas preventivas contra los efectos nocivos para la salud por la exposición prolongada a la radiación solar, Ley 30102, publicada el 6 de noviembre de 2013, la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos, aprobada por Decreto Legislativo 1278, publicado el 23 de diciembre de 2016 y el Decreto Supremo que modifica el Reglamento del Decreto Legislativo 1278, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos, aprobado mediante Decreto Supremo 014-2017-MINAM, y el Reglamento de la Ley 29419, Ley que regula la actividad de los recicladores, aprobado mediante Decreto Supremo 005-2010-MINAM; aprobado mediante Decreto Supremo 001-2022-MINAM, publicada el 9 de enero de 2022.
El informe señala que el alcalde de Miraflores, Germán Torres Chambi, debe comunicar a la Gerencia Regional de Control de Arequipa, en un plazo máximo de cinco días hábiles de recibido el informe, las acciones preventivas o correctivas adoptadas y por adoptar respecto a las situaciones adversas identificadas, adjuntando la documentación de sustento respectiva.
Foto Municipalidad de Miraflores




