Compran kits de revocatoria contra 16 alcaldes distritales de la provincia de Arequipa

Hugo Amanque Chaiñaseptiembre 18, 20248min0
Hugo Amanque Chaiñaseptiembre 18, 20248min0

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Compran kits de revocatoria contra 16 alcaldes distritales de la provincia de Arequipa

juan linares de cayma

Al 10 de septiembre del 2024, la ONPE dio a conocer que a nivel nacional se adquirieron un total de 800 kits electorales de revocatoria de autoridades municipales y regionales 2025, de los cuales 16 son los kits adquiridos contra alcaldes distritales de la provincia de Arequipa.

Lo que llama la atención, es que, de 19 kits electorales adquiridos, tres son los alcaldes que tienen dos solicitudes de revocatoria de mandato. Ellos son, los alcaldes de los distritos de Yarabamba (José Zapana), el alcalde de Quequeña, (Luis Núñez) y el alcalde de Cayma (Juan Linares).

Listado de alcaldes contra quienes se han adquirido kits de revocatoria de mandato.

 

AUTORIDAD REVOCATORIA DISTRITO PROMOTOR RESOLUCIÓN
01 Alcalde José Huamani y regidores Yucra, Barriga, Pacheco, Huamán y Quito Vitor Juan Huarca Rojas 000116-2024-ONPE
02 Alcalde Luis Núñez Saldivar Quequeña Marcelino Chura 000123-2024-ONPE
03 Alcalde José Luis Zapana y todos los regidores Yarabamba Sandra Cuchon 000202-2024-ONPE
04 Alcalde Juan Muñoz y regidores Muñoz, Mamani, Jarapa, Manrique, Huanco y Carlin Socabaya Fermín Laura 000179-2024-ONPE
05 Alcalde Fredy Zegarra y todos los regidores José Bustamante Lena Muñoz 000318-2024-ONPE
06 Alcalde Fredy Lope y regidores Vilca y Mendoza San Rita de Siguas Elías Mamani  
07 Alcalde Bernabé Llosa y regidores Hanampa, Diaz, Alvis, Rodríguez y Arenas San Juan de Siguas Luz Valencia 000218-2024-ONPE
08 Alcalde Hardin Abril y todos los regidores Uchumayo Erick Medina 000601-2024- ONPE
09 Alcalde Sergio Bolliger y regidores Talavera, Calienes, Diaz, Ponce, Arispe, Yanahuara José Murrieta 000596-2024-ONPE
10 Alcalde Andrés Vilca y regidores Gutiérrez, Cosi y Cornejo Pocsi Tito Mamani 000796-2024-ONPE
11 Alcalde Juan Linares y regidores y Velásquez Cayma Juan Sánchez 000737-2024-ONPE
12 Alcalde German Torres y regidores Arturo, Figueroa, Miraflores Carlos Núñez 000741-2024-ONPE
13 Revocatoria de regidores Herrera, Gómez y Parillo Quequeña Ángel Quilca 000771-2024-ONPE
14 Alcalde Alfredo Benavente y de todos los regidores Alto Selva Alegre Pedro Delgado 000483-2024-ONPE
15 Alcaldesa Mirtha Ruelas Yura Daniel Apaza 000809-2024-ONPE
16 Alcalde Juan Linares y regidores Muñonca, Galvez, Checa y Oblitas Cayma Renzo Zúñiga 000846-2024-ONPE
17 Alcalde Victo Pauca y todos los regidores Sabandia Anthony Portugal 000891-2024-ONPE
18 Alcalde José Luna y regidores Tiito, Cruz, Condori, Morón y Linares Yarabamba Froilán Arenas 000906-2024-ONPE
19 Alcalde Luis Núñez Quequeña Leonor Peralta 000303-2024-ONPE

 

Según la legislación vigente, luego que el promotor recibe el kit electoral, debe recolectar las firmas del 25 % de los ciudadanos que se encuentran en el padrón electoral de la circunscripción de la autoridad que se pretende revocar, y luego solicitar a la Subgerencia de Verificación de Firmas y Apoyo Técnico Electoral del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, la verificación de las firmas recolectadas. La fecha límite para presentar este pedido ante el Reniec es el 11 de octubre de 2024.

Culminado el trámite ante el ente registral, corresponde al promotor presentar la solicitud de revocatoria ante la ONPE, acompañada de la “constancia del proceso de verificación de firmas de adherentes” y del “acta de etapa de verificación automática y semiautomática” emitidas por el Reniec. La ONPE recibirá las solicitudes en su mesa de partes física, ubicada en la sede central; en sus 20 oficinas regionales de coordinación (ORC), así como en la Mesa de Partes Virtual Externa.

La ONPE resolverá las solicitudes de revocatoria presentadas en un plazo no mayor de 30 días calendario. En caso de ser denegada, procede recurso de apelación ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE), el cual resuelve dicho recurso en un plazo no mayor de 15 días calendario. No procede recurso alguno contra dicha resolución.

La fecha límite para presentar solicitudes de revocatoria a la ONPE vence el 21 de noviembre de 2024, mientras que el plazo para que la misma institución electoral resuelva las solicitudes será el 21 de diciembre de 2024. El JNE convocará a consulta popular de revocatoria solo si las solicitudes han sido admitidas por la ONPE. Según el cronograma aprobado para este proceso, la consulta popular de revocatoria se realizará el 8 de junio del 2025.

Foto Radio San Martin

Hugo Amanque Chaiña


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