Municipalidad de Arequipa no remitió informe anual 2023 de adultos mayores al MIMP afirma Contraloría

Hugo Amanque Chaiñaagosto 1, 20243min0
Hugo Amanque Chaiñaagosto 1, 20243min0

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Municipalidad de Arequipa no remitió informe anual 2023 de adultos mayores al MIMP afirma Contraloría

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Al 13 de junio de 2024, la Municipalidad Provincial de Arequipa no ha remitido la información anual sobre el último diagnóstico situacional realizado, la actualización y avance mensual del registro nominal de personas adultas mayores, así como información sobre el funcionamiento del Centro Integral de atención al Adulto Mayor de la Dirección Integral del Adulto Mayor del Ministerio de la Mujer y Población Vulnerables, respecto a las acciones realizadas en el año 2023.

Así lo señala el informe de orientación de oficio 16894-2024 que suscribe la Subgerencia de Prevención e Integridad de la Contraloría General de la República, quienes comunican al titular del pliego, alcalde Victor Rivera, para que de manera correctiva efectúe las acciones necesarias con la finalidad de dar cumplimiento a la remisión de la información anual en el marco del Decreto Supremo 024-2021-MIMP, considerando que según lo indicado por la DIPAM pueden remitir la información anual sobre el CIAM hasta finales de agosto del presente año 2024.

El informe de Contraloría indica que Ley 30490, Ley de la Persona Adulta Mayor, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 21 de julio de 2016 y modificatorias en el artículo 11.2 afirma “que los gobiernos locales informan anualmente, bajo responsabilidad, al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables sobre el funcionamiento de los centros integrales de atención al adulto mayor (CIAM). Esta información se remite cada 30 de enero, con respecto al año inmediato anterior.”

Asimismo, el Decreto Supremo 024-2021-MIMP, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley 30490, Ley de la Persona Adulta Mayor, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 27 de julio de 2021 en el artículo 28.1, refiere que, “Los Gobiernos Locales, a través de su Gerencia Municipal o la que haga sus veces, remiten a la DIPAM de la Dirección General de la Familia y la Comunidad, en adelante DGFC, del MIMP el 30 de enero de cada año la información sobre el último diagnóstico situacional realizado, la actualización y avance mensual del registro nominal de personas adultas mayores, así como sobre el funcionamiento de los CIAM, respecto a las acciones realizadas el año inmediato anterior, en base a la estructura de datos proporcionada por dicho sector.”

Hugo Amanque Chaiña


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