Contraloría confirma que carecen de documentación adquisición de cinco camiones cisterna en el GRA

La existencia de cinco camiones cisterna en el almacén de equipo mecánico de Rio Seco, los cuales carecen de documentación que sustente su correcto tramite de adquisición o propiedad, puede generar contingencias que arriesguen los recursos del gobierno regional de Arequipa.
Así lo señala el informe de orientación de oficio 031-2024 del órgano de control institucional del gobierno regional de Arequipa del 24 de mayo del 2024, que precisa que mantener dichas unidades vehiculares en las instalaciones del almacén cuyo ingreso no ha cumplido con la formalidad administrativa según el trámite documentario que la Unidad de Patrimonio cuenta para el ingreso de bienes a la Entidad, se expone a riesgo su permanencia e integridad, ante la vulneración de las instalaciones por terceros, más aun considerando la situación adversa revelada en el informe de Orientación de Oficio N° 002- 2023-OCI/5334-SOO de 15 de marzo de 2023, denominado “Carencia de mecanismos de seguridad y custodia para los bienes muebles patrimoniales de la sub gerencia de equipo mecánico pone en riesgo la integridad de los trabajadores que laboran en el local, así como de los bienes que se encuentran ubicados en sus instalaciones y áreas”.
El informe de la OCI del GRA, refiere que este hecho contraviene la normativa del Sistema Nacional de Abastecimiento, aprobado con Decreto Legislativo 1439 de 16 de setiembre de 2018, vigente desde el 17 de setiembre de 2018, el Reglamento del Decreto Legislativo 1439, el Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Abastecimiento, aprobado con Decreto Supremo 217-2019-EF de 12 de julio de 2019, vigente desde el 15 de julio de 2019, la Directiva para la gestión de bienes muebles patrimoniales en el marco del Sistema Nacional de Abastecimiento y la Directiva 006-2021-EF/54.01, aprobada con Resolución Directoral 015-2021-EF/54.01 de 26 de diciembre de 2021, vigente desde el 27 de diciembre de 2021.
El informe recomienda al gobernador Sánchez, que debe comunicar a la comisión de control en el plazo de cinco (5) días hábiles, las acciones preventivas o correctivas adoptadas o por adoptar que implemente respecto a la situación adversa contenida en el presente Informe, adjuntando la documentación de sustento respectiva.