AUTODEMA no supervisa trabajos de rehabilitación del canal de aducción Tuti ni aplica penalidades advierte Contraloría

Dos irregularidades detectaron los profesionales del Órgano de Control Institucional de AUTODEMA en las inspecciones a la obra denominada, “Rehabilitación del Canal 9 tercer activo estratégico de la IOARR remodelación de túnel y túnel, reparación del canal, en el sistema de aducción Tuti-Túnel Terminal (Querque) en el distrito de Achoma, provincia de Caylloma”, según el informe de control 008-2024 del 02 de abril del 2024.
La primera irregularidad detectada es que AUTODEMA no incluyó en el alcance de ejecución de obra, la restitución y recubrimiento de las aberturas existentes en los tramos Nros 1 y 7 del Canal 9, utilizados para el desvió del agua al canal provisional, situación que generaría al término de la ejecución contractual, la inoperatividad de los tramos Nros. 2, 3, 4 y 5 hasta su restitución y recubrimiento, contraviniendo el objeto de contratación y finalidad pública.
La segunda irregularidad detectadas es que AUTODEMA no viene aplicando el cobro de penalidades por la ausencia del personal clave que debió permanecer en la obra, situación que podría conllevar que finalizada la relación contractual con la empresa INGECOL sucursal Perú, se haya omitido el cobro de las mismas.
El informe indica que el 26 de octubre de 2023, el comité de selección adjudicó la buena pro al postor Ingecol Sucursal del Perú; en adelante el “Contratista” por el monto de S/ 4 505 247,00, para la ejecución de la Obra, bajo el sistema de contratación de precios unitarios, por un plazo de 109 días calendarios, que posteriormente fue formalizado mediante el contrato n.° 028-2023-GE de 15 de noviembre de 2023.
El informe suscrito por el Jefe del Órgano de Control Institucional, Dr. Ismael Lavilla Torres, recomienda al gerente ejecutivo de AUTODEMA, Sixto Palomino Garcia, que debe comunicar a la Comisión de Control, en el plazo de cinco (5) días hábiles, las acciones preventivas o correctivas adoptadas o por adoptar respecto a las situaciones adversas contenidas en el presente Informe, adjuntando la documentación de sustento respectiva.