Distrito de Yura fue declarado en estado de emergencia por lluvias por el gobierno nacional

El gobierno nacional mediante Decreto Supremo 021-2024, publicado en el diario oficial el miércoles 28 de febrero en separata extraordinaria, declaró en estado de emergencia en el distrito de Yura de la provincia de Arequipa del departamento de Arequipa, en los distritos de San José de los Molinos de la provincia de Ica y de Tibillo de la provincia de Palpa del departamento de Ica, en el distrito de Iñapari de la provincia de Tahuamanu del departamento de Madre de Dios, en el distrito de Yunga de la provincia de General Sánchez Cerro del departamento de Moquegua y en el distrito de Purús de la provincia de Purús del departamento de Ucayali, por impacto de daños a consecuencia de intensas precipitaciones pluviales, por el plazo de sesenta (60) días calendario, para la ejecución de medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias, de respuesta y rehabilitación que correspondan.
El decreto señala que los Gobiernos Regionales de Arequipa, Ica, Madre de Dios, Moquegua y Ucayali y los gobiernos locales comprendidos, con la coordinación técnica y seguimiento del Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI) y la participación del Ministerio de Salud, del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, del Ministerio de Educación, del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, del Ministerio de Energía y Minas, del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, del Ministerio del Interior, del Ministerio de Defensa, y demás instituciones públicas y privadas involucradas; ejecutarán las medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias, de respuesta y rehabilitación que correspondan.
El decreto en sus considerandos, afirma que la capacidad de respuesta de los Gobiernos Regionales de Arequipa, Ica, Madre de Dios, Moquegua y Ucayali ha sido sobrepasada; por lo que, resulta necesaria la intervención técnica y operativa de las entidades del Gobierno Nacional; recomendando se declare el Estado de Emergencia en el distrito de Yura de la provincia de Arequipa del departamento de Arequipa, en los distritos de San José de los Molinos de la provincia de Ica y de Tibillo de la provincia de Palpa del departamento de Ica, en el distrito de Iñapari de la provincia de Tahuamanu del departamento de Madre de Dios, en el distrito de Yunga de la provincia de General Sánchez Cerro del departamento de Moquegua y en el distrito de Purús de la provincia de Purús del departamento de Ucayali, por impacto de daños a consecuencia de intensas precipitaciones pluviales, por el plazo de sesenta (60) días calendario, para la ejecución de medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias, de respuesta y rehabilitación que correspondan. Para dicho efecto, se cuenta con la opinión favorable de la Secretaría de Gestión del Riesgo de Desastres de la Presidencia del Consejo de Ministros.