Consejeros no aprobaron plan regional de seguridad ciudadana ni se constituyó observatorio afirma Contraloría
Dos irregularidades detectaron los profesionales del Órgano de Control Institucional del Gobierno Regional de Arequipa en el proceso a la gestión de la seguridad ciudadana en el año 2024, según el informe de visita de control 004-2024 del 12 de febrero del 2024.
La primera irregularidad es que el Consejo Regional de Arequipa no aprobó el Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadadana, situación que no permitiría contar con un instrumento de seguridad ciudadana, con enfoque descentralizado, de gestión por resultados, derechos humanos, intercultural y género, articulado con instrumentos del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico en beneficio de la ciudadanía.
La Secretaría Técnica del Comité Regional de Seguridad Ciudadana formuló y remitió al Consejo Regional el Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana 2024-2027 de la Región de Arequipa para su aprobación mediante oficio n.° 006-2024-GRA/CRSC de 4 de enero de 2024. Cabe señalar, que la formulación y validación del Plan de Acción Regional se efectuó el 11 de diciembre de 2023 en la sexta sesión ordinaria del año 2023 del Comité Regional de Seguridad Ciudadana, pero este fue remitido por la Secretaría Técnica al Consejo Regional al siguiente año a su validación.
Asimismo, que respecto al trámite de aprobación que sigue dicho instrumento, se advierte que el Consejo Regional ha requerido un informe legal por parte de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica para la emisión de la ordenanza regional correspondiente, el mismo que ha sido requerido por la Secretaría Técnica del Comité Regional de Seguridad Ciudadana mediante informe técnico N.° 2-2024-GRA-CRSC de 25 de enero de 2024.
La OCI del GRA afirma que lo descrito, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, aprobado con Decreto Supremo 011-2014-IN de 4 de diciembre de 2014; modificado por Decreto Supremo n.° 010-2019-IN de 9 de mayo de 2019 Directiva n.° 006-2023-IN “Lineamientos Técnicos para la Formulación, Aprobación, Implementación y Actualización de los Planes de Acción Regional, Provincial y Distrital de Seguridad Ciudadana” aprobada con Resolución Ministerial 0786-2023-IN de 26 de junio de 2023.
La segunda irregularidad detectadas es que la Secretaria Técnica del Comité Regional de Seguridad Ciudadana, no constituyo el Observatorio Regional de Seguridad Ciudadana, situación que limitaría contar con la recolección, procesamiento, sistematización, análisis científico, difusión de datos e información sobre victimización y percepción de inseguridad en la región, así como difundir las buenas prácticas en materia de seguridad ciudadana que pueden ser relevantes en los distintos niveles de gobierno.
El informe precisa que mediante Resolución Ejecutiva Regional 370-2021-GRA/GR de 24 de setiembre de 2021, a solicitud de la Secretaría Técnica del Comité Regional de Seguridad Ciudadana, el Gobierno Regional de Arequipa aprobó la creación del Observatorio Regional de Seguridad Ciudadana de la Región de Arequipa, el mismo que dependía de la Gerencia Regional de Desarrollo e Inclusión Social, del Área No Estructura de Seguridad Ciudadana y de la Secretaría Técnica del Comité Regional de Seguridad Ciudadana; asimismo se encarga a la Gerencia Regional de Desarrollo e Inclusión Social la implementación de la citada resolución ejecutiva regional.
Al respecto, la Secretaría Técnica del Comité Regional de Seguridad Ciudadana, señaló que, desde su creación, 2021, aún no se ha implementado el Observatorio Regional de Seguridad Ciudadana de la Región de Arequipa, toda vez que, no se cuenta con asignación presupuestal. Lo manifestado por el encargado de la Secretaría Técnica del Comité Regional de Seguridad Ciudadana se condice con los informes alcanzados a la Gerencia General Regional, informe 001-2022-GRA/CRSC de 11 de enero de 2022, en el que se solicita presupuesto, informe 109-2022-GRA/CRSC de 6 de mayo de 2022, en el que se solicita la reconsideración del informe 066-2022-GRA/ORPPOT de 17 de marzo de 2022, de la Oficina Regional de Planeamiento, Presupuesto y Ordenamiento Territorial que señala no contar con disponibilidad presupuestal; y el informe 145-2022-GRA/CRSC de 18 de julio de 2022, por medio del cual solicita se otorgue presupuesto para la implementación del Observatorio Regional de Seguridad Ciudadana de la Región de Arequipa.
Por lo tanto, los hechos descritos no estarían considerando la normativa siguiente: Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, aprobado con Decreto Supremo 011-2014-IN de 4 de diciembre de 2014; modificado por Decreto Supremo 010-2019-IN de 9 de mayo de 2019.
Entre las recomendaciones elevadas al gobernador regional, Rohel Sánchez, la Jefa de la OCI del GRA, Yulemi Valladares Diaz, señala que dicha autoridad debe comunicar al Órgano de Control Institucional, en el plazo máximo de cinco (5) días hábiles, las acciones preventivas o correctivas adoptadas o por adoptar respecto a las situaciones adversas contenidas en el presente Informe de Visita de Control, adjuntando la documentación de sustento respectiva.