Plantean reforma para incorporar en la Constitución el Derecho a la Ciudad
El congresista Luis Aragón, presentó el proyecto de reforma constitucional que tiene por objeto modificar la Constitución Política del Perú para reconocer e incorporar el Derecho a la Ciudad como un derecho fundamental en el ordenamiento del país, lo que implica la participación activa de los ciudadanos en la planificación, desarrollo y toma de decisiones urbanas, así como la promoción de la justicia espacial y la equidad en el acceso a los beneficios de la ciudad.
La propuesta de reforma constitucional señala que debe incorporarse en la Constitución el siguiente texto: “Artículo 7-B. El Estado reconoce el Derecho a la Ciudad como un derecho fundamental, en el ordenamiento del país. Asimismo, promueve la participación ciudadana efectiva en la toma de decisiones urbanas, buscando a creación de ciudades que respeten un hábitat seguro y saludable, el derecho a una vivienda adecuada y digna y fomenten la equidad en el acceso a los recursos urbanos, promoviendo la justicia espacial.»
En la exposición de motivos, el congresista Aragón señala que el Perú actualmente, posee una mayoría de su población en áreas urbanas, ya que, según el censo del INEI del 2017,5 la población censada en los centros poblados urbanos del país es de 23 millones 311 mil 893 habitantes, la que representa el 79,3% de la población nacional. La población empadronada en los centros poblados rurales es de 6 millones 69 mil 991 personas que representa el 20,7% de la población censada del país.
Se concluye entonces que hoy el Perú es un país eminentemente urbano, donde las ciudades ocupan un espacio central en la vida de la mayoría de sus habitantes. No obstante, la irrefutable realidad no se refleja con la producción de políticas o leyes que pongan a la ciudad como su prioridad. Así, solo fue hace muy escasos años atrás en que se promulgo la Ley de Desarrollo Sostenible.
Decir que la expansión urbana en el Perú ha sido desordenada y caótica resulta hasta redundante, por lo que es necesario señalar que un resultado de este fenómeno ha sido la insuficiente generación de espacios públicos en las ciudades peruanas, y a ello se suma una distribución desigual de los pocos espacios que existen. La Organización Mundial de Salud recomienda que las ciudades deben tener un estándar mínimo de 9m2 de área verde por habitante, mientras que la ONU amplía dicho indicador a 16m2, por lo que se puede concluir que el país, lamentablemente no cuenta con ciudades que puedan suplir con la necesidad por espacios públicos.
El congresista Aragón, agrega que en las Constituciones de Ecuador (art.31), México (art. 12), y en Brasil (Ley 10,257) cuentan con normas jurídicas a favor de la planificación de las ciudades. El parlamentario señala finalmente que la aprobación de la presente iniciativa legislativa tendrá un impacto sobre diversas disposiciones de nuestro ordenamiento peruano, pues al elevar a rango constitucional el Derecho a la Ciudad, precipitará la reorganización de diferentes normas, principalmente las leyes orgánicas de los sectores del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, la Presidencia del consejo de ministros y la ley orgánica de municipalidades. En consecuencia, la jerarquización del derecho a la ciudad a nivel constitucional, fortalecerá los mecanismos de participación ciudadana en la toma de decisiones acerca de cómo los peruanos quieren construir, diseñar y planear su ciudad.