Al no comprobarse que ex alcalde Candía concertó compra de Camaras juez supremo lo absolvió del delito de colusión
Al no demostrarse documentadamente que el ex alcalde de Alto Selva Alegre, Omar Candía, concertó con una empresa por la compra irregular de 40 Camaras de seguridad por más de dos millones de soles, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema que preside el juez supremo Cesar San Martín, declaró fundada la casación que presentó el ex alcalde de Arequipa, Omar Candía.
En tal sentido, revocó la sentencia de 6 años de pena privativa de la libertad por colusión agravada, contra la ex autoridad municipal quien entró en la clandestinidad en noviembre de 2022, cuando se confirmó en segunda instancia la condena. En la lectura de sentencia del juez San Martin, afirmó que fue el comité de selección la instancia quienes entregaron indebidamente la buena pro al darle al consorcio Soluciones – Andinas un puntaje que no le correspondía y fue el subgerente de servicio comunal, Reynaldo Ubaldo Díaz Chilo, quien dio conformidad de que el consorcio entregó e instaló la central de seguridad, pese a que ello no había ocurrido. Esta certificación permitió que el consorcio cobre el dinero pactado.
El juez supremo, Cesar San Martín precisó que en ambas sentencias ningún involucrado en la compra irregular de las cámaras de seguridad involucró al ex burgomaestre de Arequipa en manipulación alguna del proceso de licitación, por lo que las garantías de motivación y tutela jurisdiccional no se respetaron, por lo que decidieron expedir una sentencia casatoria resarcitoria de carácter absolutoria.
Candía fue el único beneficiado con la casación, ya que la Sala Suprema rechazó las casaciones formuladas por Reynaldo Díaz Chilo y Juan Jesús Lipe Lizárraga, exfuncionarios de la comuna de Selva Alegra, así como las planteadas por el empresario José Luis Ríos Sánchez y el consultor Sandro Martínez Sardón.