Implementación de ciclovias no tuvo opiniones técnicas y causó perjuicio económico a la MPA informó Contraloría
El expediente técnico de la implementación de la red de ciclovias en Arequipa no contó con la totalidad de opiniones técnicas exigidas, incorporó en el trazo de la red ciclovia a vías expresas y carreteras en las que se prohíbe el tránsito de bicicletas, agregó tipología de intervención ciclovial segregada en vías compartidas del Centro Histórico y Zona Monumental, consideró reducir el espacio vehicular del trazo de la red ciclovial, no garantizaron la coherencia necesaria para establecer una red ciclovial, lo que generó perjuicio económico a la Municipalidad Provincial al asumir obligaciones contractuales ascendentes a 727,133 soles.
Así lo afirma en su conclusión el órgano de control institucional de la Municipalidad Provincial de Arequipa en el informe de auditoría 098-2023 sobre la elaboración del expediente técnico y ejecución de la implementación del sistema de transporte sostenible no motorizado denominado red de ciclovias.
El informe precisa que 8 funcionarios y servidores aprobaron y modificaron el expediente técnico en vías expresas del PDM y del SINAC en contravención a disposiciones legales que prohíben el tránsito de bicicletas y la seguridad vial dentro del planeamiento de la red ciclovial establecido en la guía aprobada por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones.
En la infraestructura ciclovial en el sistema era necesaria la opinión técnica favorable, sin embargo, un número de vías de la red ciclovial no se encontraban incluidas en la estructura de la red vial, ni siguieron el procedimiento para su inclusión y algunas vías no contaban con opinión favorable, presentaban deficiencias técnicas en el trazo de la red e insuficiente sección transversal para albergar infraestructura ciclovial segregada, haciendo inaplicable la implementación de infraestructura ciclovial.
Se contó con el pronunciamiento emitido por la Gerencia del Centro Histórico y Zona Monumental pese a que era necesario el pronunciamiento de la Gerencia de Desarrollo Urbano y de la Gerencia de Transporte Urbano y Circulación Vial. El informe refiere que las irregularidades detectadas contravinieron varios artículos de la Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, la Ley Orgánica de Municipalidades, la Ley 29593 que declaró de interes nacional el uso de la bicicleta y la Ley 30936 que promueve y regula el uso de la bicicleta como medio de transporte sostenible, así como también el Decreto Legislativo 1440 del Sistema Nacional de Presupuesto Público y el Decreto de Urgencia 101-2020 que establece medidas en materia económica y financiera para las municipalidades que implementen sistemas de transporte sostenible no motorizado, así como otras normas legales.
El informe precisa que los Gerentes del Centro Histórico, de Desarrollo Urbano, de Transporte Urbano y Circulación Vial, el coordinador de Planificación Urbana, el abogado de la Gerencia del Centro Histórico y el supervisor de la ejecución del expediente técnico en inobservancia de la legislación vigente, desplegaron actos que condujeron a la instalación de infraestructura ciclovial en la provincia de Arequipa el cual no contaba con una correcta definición del trazo ni una tipología de intervención adecuada de las vías propuestas para la conformación de la red ciclovial provincial a implementarse en la provincia, lo que generó un perjuicio económico a la MPA al asumir obligaciones contractuales de ascendentes a S/ 727 mil 133 soles.
El informe señala finalmente que el alcalde Victor Rivera, debe efectuar el deslinde de responsabilidades que correspondan de los funcionarios y el Procurador de la Contraloría inicie las acciones civiles contra funcionarios y servidores de los actos observados en la auditoria con la finalidad que determinen las responsabilidades que correspondan.