Contraloria afirma que ex gerente Zavala del gobierno regional contrató asesores y consultores ilegalmente
Correo
Dos actos ilegales e irregulares efectuó en su gestión el ex gerente general del gobierno regional de Arequipa, Leónidas Zavala, en contrataciones públicas de servicios menores a 8 UITS para asesorías especializadas en recursos humanos y gestión pública, según el informe de acción de oficio posterior 044-2023 del Órgano de Control Institucional del Gobierno Regional de Arequipa del 16 de octubre del 2023.
La primera ilegalidad fue que la entidad contrató asesor especializado en recursos humanos para la gerencia general elaborando términos de referencia que contravienen la directiva 001-2021 de contratación de bienes y servicios por montos iguales o inferiores a 8 UITS y posteriormente otorgó conformidades y procedió al pago pese a no acreditarse la prestación efectiva delo servicio, afectando la legalidad de las contrataciones y el correcto funcionamiento de la administración publica.
El informe refiere que de la revisión y análisis efectuado a la información proporcionada por la Gerencia General de la Entidad, para la contratación del servicio de asesoría especializada en recursos humanos, se ha evidenciado que se emitieron cuatro (04) órdenes de servicio , en el período de febrero a marzo de 2023, por el total de S/ 30, 000,00; identificándose que la Gerencia General elaboró términos de referencia sin definir con claridad y precisión el objeto de la contratación, esto es, las actividades a desarrollar y los resultados esperados (entregables), incluyendo actividades que corresponden a funciones propias de otras unidades orgánicas, según el Manual de Organización y Funciones (MOF) y sin establecer la experiencia específica en el perfil del proveedor, conforme a la normativa interna aplicable. Posteriormente, la Gerencia General otorgó la conformidad del servicio para el pago al contratista, pese a que no se acreditó la prestación efectiva de los servicios contratados, según consta en los comprobantes de pago.
La segunda ilegalidad fue que la entidad contrató servicio de consultoría administrativa para la gerencia general elaborando términos de referencia que contraviene la directiva 001-2021 de contrataciones de bienes y servicios por montos iguales o inferiores a 8 UITS y posteriormente otorgó conformidades y procedió al pago pese a no acreditarse la prestación efectiva del servicio, además se fraccionó la contratación con el fin de evadir la aplicación de la ley de contrataciones, afectando la legalidad de las contrataciones y el correcto funcionamiento de la administración pública.
El informe de Contraloría indica que de la revisión y análisis efectuado a la información proporcionada por la Gerencia General de la Entidad, para la contratación del servicio de consultoría administrativa legal, se ha evidenciado que se emitieron 2 órdenes de servicio , en el periodo de febrero a marzo por el total de S/ 54, 000,00; identificándose que la Gerencia General elaboró TDR sin definir con claridad y precisión el objeto de la contratación, entre otras exigencias jurídicamente prescritas; servicios que correspondían a funciones propias de otras unidades orgánicas, según el Reglamento de Organización y Funciones (ROF); y que fueron fraccionados con la finalidad de evadir la aplicación de la Ley de Contrataciones del Estado.
Posteriormente, el gerente general regional, Leónidas Zavala, otorgó la conformidad del servicio para el pago al contratista, pese a que no se acreditó documentariamente la prestación efectiva de los servicios contratados, según consta en los comprobantes de pago. El informe de Contraloria, señala que lo descrito contraviene el Decreto Legislativo que regula el régimen especial de contratación administrativa de servicios, aprobado por el Decreto Legislativo N.° 1057, vigente desde el 29 de junio de 2008, el Reglamento General de la Ley N.° 30057 Ley del Servicio Civil, aprobado mediante el Decreto Supremo N.º 040-2014-PCM, vigente desde 1 de setiembre de 2014, el Texto Único Ordenado de la Ley N.° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, Decreto Supremo N.° 082-2019-EF, vigente desde el 13 de marzo de 2019, el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N.º 344-2018-EF, la Directiva de Tesorería y la Directiva N.° 001-2007-EF/77.15, aprobada con Resolución Directoral N.° 002-2007-EF/77.15.