Admiten amparo presentado por JNJ para que se declare nulo lo actuado en Comisión de Justicia del Congreso
La Tercera Sala Constitucional de la Corte Superior de Lima, admitió a trámite el 23 de octubre la demanda de amparo interpuesta por los siete magistrados de la Junta Nacional de Justicia, quienes solicitan en su petitorio principal de conformidad con el artículo 1 del Código Procesal Constitucional, que, reponiendo las cosas al estado anterior a sus derechos constitucionales a la independencia funcional y al debido proceso, se declare la nulidad del Acuerdo adoptado el 7 de setiembre de 2023.
Sostienen que dicho acuerdo del Pleno del Congreso de la República, aprobó la Moción de Orden del Día 7565 y dispuso encargar a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos la “investigación sumaria” a los miembros de la Junta Nacional de Justicia por causa grave, con el propósito de removerlos, invocando para ello el artículo 157 de la Constitución y en atención a los hechos expuestos en la parte considerativa de dicha Moción.
Los magistrados de la JNJ en su petición accesoria, solicitan asimismo que se declare la nulidad de todo lo actuado en la Comisión de Justicia y Derechos Humanos del Congreso de la República, en virtud del Acuerdo mediante el cual el Pleno del Congreso de la República aprobó la Moción de Orden del Día 7565, así como la nulidad de todas las acciones y acuerdos ulteriores que pudieran derivarse respecto de la dicha moción, orientados a la remoción de los miembros de la Junta Nacional de Justicia.
La Tercera Sala Constitucional emplaza con la demanda y anexos al Procurador Publico del Congreso para que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 12° del precitado cuerpo normativo; cumpla con contestar la demanda en el plazo de diez días. IV. La fecha de la audiencia pública será el 24 noviembre con el informe oral la misma que se llevará a cabo de manera virtual o remota, a través de la Plataforma Google Meet; para lo cual las partes procesales deberán ingresar a la plataforma virtual antes mencionada a las 08:45 horas, a efectos de que se realice el registro del abogado autorizado y se indique el número de orden asignado en la tabla; como parte de la conferencia preparatoria obligatoria.