Comisión de Descentralización aprobó revisar situación de Municipalidades de Centros Poblados del Perú
La Comisión de Descentralización del Congreso Nacional que preside el congresista, Alejandro Cavero, aprobó su plan de trabajo parlamentario para el periodo 2023-2024 y por unanimidad (19 votos), acordó crear el grupo de trabajo encargado de revisar la situación de las municipalidades de centros poblados del país.
Dicho grupo de trabajo deberá presentar en un plazo de cuatro meses un informe sobre dicha realidad para que los congresistas puedan presentar iniciativas de ley que permitan buscar alternativas y propuestas para mejorar la realidad social y económica de los centros poblados, así como la necesidad de culminar con los problemas limítrofes entre comunidades y distritos vecinos.
En el departamento de Arequipa, existen 24 Municipalidades de Centros Poblados Menores creados por ordenanza, acuerdo o resolución municipal, cuando no estaba vigente la actual Ley Organica de Municipalidades 27972.
La legislación actual en el artículo 128, señala que los Centros Poblados son creados por ordenanza municipal de la municipalidad provincial donde se determina, su delimitación territorial, el régimen de organización interior, las funciones que se le delegan, los recursos que se le asignan y sus atribuciones administrativas y económico-tributarias.
Entre tanto, el artículo 129, refiere que para la creación de municipalidades de centros poblados se requiere la aprobación mayoritaria de los regidores que integran el concejo provincial correspondiente y la comprobación previa del cumplimiento de los siguientes requisitos: 1. Solicitud de un comité de gestión suscrita por un mínimo de mil habitantes mayores de edad domiciliados en dicho centro poblado y registrados debidamente y acreditar dos delegados. 2. Que el centro poblado no se halle dentro del área urbana del distrito al cual pertenece. 3. Que exista comprobada necesidad de servicios locales en el centro poblado y su eventual sostenimiento. Sistema Peruano de Información Jurídica 4. Que exista opinión favorable del concejo municipal distrital, sustentada en informes de las gerencias de planificación y presupuesto, de desarrollo urbano y de asesoría jurídica, o sus equivalentes, de la municipalidad distrital respectiva. 5. Que la ordenanza municipal de creación quede consentida y ejecutoriada. Es nula la ordenanza de creación que no cumple con los requisitos antes señalados, bajo responsabilidad exclusiva del alcalde provincial.
Entre tanto, el artículo 130, refiere que los concejos municipales de los centros poblados están integrados por un alcalde y cinco regidores. Los alcaldes y regidores de centros poblados son elegidos por un periodo de cuatro años, contados a partir de su creación.
Según el Directorio Nacional de Municipalidades Provinciales, Distritales y de Centros Poblados del Perú del INEI del año 2022, en Arequipa se han creado en las últimas cuatro décadas 24 Municipalidades de Centros Poblados Menores.
En la provincia de Arequipa, la Municipalidad Centro Poblado de San Camilo creado por Acuerdo Municipal 026 del año 1988, San Isidro creado por Acuerdo Municipal 012 el 16 de marzo de 1992. En la provincia de Camaná, el Centro Poblado Menor de Huacapuy creado por Resolucion Municipal 991 el 07 de junio de 1990, Pucchum creado por Ordenanza Municipal 003 del 03 de enero de 1991, El Carmen creado por Resolución Municipal 037 del 09 de abril de 1992 y La Punta creado por Resolución Municipal 216 del 23 de diciembre de 1991.
En la provincia de Castilla, la Municipalidad Centro Poblado de Tolconi creado Resolucion Municipal 028 del 26 de noviembre de 1992, Torán, creado por Resolución Municipal 002 del 27 de febrero de 1995. En la provincia de Caylloma, la Municipalidad Centro Poblado Santa Maria de la Colina creado por Decreto de Alcaldia 007 del 08 de julio de 1983, Bello Horizonte creado por Resolución Municipal 050 del 28 de agosto de 1990, Chalhuanca creado por Resolución Municipal 004 del 27 de enero de 1994, Canocota creado por Resolución Municipal 045 del 08 de septiembre de 1994, Taya creado por Resolución Municipal 001 del 01 de enero de 1995, Villa Juan Velasco creado por Resolución Municipal 013 del 18 de marzo de 1996, San Juan del Alto creado por Resolución Municipal 014 del 18 de marzo de 1996, Jachaña creado por Resolución Municipal 027 del 07 de octubre de 1997, Cota Cota creado por Resolución Municipal 006 del 13 de enero de 1998 y Pinchollo creado por Resolución Municipal 017 del 26 de abril del 2001.
En la provincia de Condesuyos, la Municipalidad Centro Poblado de Piuca creado por Resolución Municipal 003 del 27 de enero de 1992, Arcata-Chuchihuaqui creado por Resolución Municipal 008 del 03 de abril de 1992, Umachulco creado por Resolución Municipal 008 del 28 de abril de 1992, Ispacas creado por Resolución Municipal 019 del 21 de julio de 1995. En la provincia de Islay la Municipalidad Centro Poblado de El Arenal creado por Resolución Municipal 061 del 16 de noviembre de 1986 y San Camilo Asentamiento 7 creado por Resolución Municipal 015 del 05 de marzo de 1987.
Tres fueron los problemas que más reportaron las Municipalidades de Centros Poblados del país el año 2022. Sólo el 16% tiene acceso a servicio de internet, sólo el 38% tienen carretera afirmada y sólo el 61% realizó el recojo de residuos sólidos de su jurisdicción en el año 2022. Así lo señaló en resumen el documento “Perú: Indicadores de Gestión de Municipalidades de Centros Poblados 2022”, elaborado con los resultados del Registro Nacional de Municipalidades (RENAMU) 2022 y que publicó el Instituto Nacional de Estadística e Informática.
El documento presentó información de las 2 mil 462 municipalidades de Centros Poblados informantes en el Registro Nacional de Municipalidades 2022. Las municipalidades de centros poblados, son órganos de administración de las funciones y los servicios públicos locales que les son delegados y se rigen por las disposiciones de la Ley N° 30937, Ley que modifica la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades.