Múltiples deficiencias en depósito municipal vehicular en Mollebaya detectó OCI de la MPA

pressadminjulio 10, 20233min0
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Múltiples deficiencias en depósito municipal vehicular en Mollebaya detectó OCI de la MPA

vehiculos 23

El Órgano de Control Institucional de la Municipalidad Provincial de Arequipa que dirige José Torres Peñarrieta, detectó múltiples deficiencias en la implementación del depósito municipal vehicular ubicado en el distrito de Mollebaya, así como también la falta de regulación interna lo que pone en riesgo su funcionamiento, la seguridad y el resguardo de las unidades vehiculares trasladadas e internadas en el mismo.

Así lo señala el informe de orientación de oficio 017-2023 del 3 de julio del 2023, donde se precisa se cumpla con lo que establece el Reglamento para la implementación y Administración del Depósitos Vehiculares.

Entre ellos los siguientes:

  1. Por tratarse de estar en una zona descampada en todos los alrededores, se contrataría los servicios de SEGURIDAD PARTICULAR o Solicitar el apoyo de Seguridad Ciudadana de preferencia de noche de 18:00 a 6:00 horas hasta que se levante el cerco perimétrico tal como lo establece la Norma, 2. El Servicio de baño, por un BAÑO QUIMICO, 3. El Servicio de cámaras de video vigilancia que se graben las imágenes periódicamente, y que se le de mantenimiento constante, 4. Servicio de Agua, que se encuentra a unos metros del local del depósito, 5. Servicio de Luz, se utilice Lámparas de sodio de 250 watt, en vez de las solares, 6. El Portón de ingreso se le de mantenimiento, hasta que se adecue a la normativa vigente, 7. Dos ambientes uno para la Administración y otro para la vigilancia. Los mismos que deben estar al ingreso del portón. Implementadas.

El informe recomienda al alcalde provincial, Victor Rivera, se adopten las acciones preventivas y correctivas que correspondan, en el marco de sus competencias y obligaciones en la gestión institucional, con el objeto de asegurar la continuidad del proceso, el resultado o el logro de los objetivos del mismo y comunicar al Órgano de Control Institucional, en el plazo máximo de cinco (5) días hábiles, las acciones preventivas o correctivas adoptadas o por adoptar, respecto a las situaciones adversas.

 

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